
Jorge Onrubia, Juan Martín Queralt, Íñigo Fernández de Mesa y Álvaro Rodríguez Bereijo, en la presentación del estudio preliminar sobre la adecuación a la Constitución y al Derecho Comunitario del gravamen temporal.
La proposición de ley para la creación de unos impuestos temporales para grandes bancos y energéticas, cuya admisión a trámite se debate el martes 13 de septiembre en el Pleno del Congreso de los Diputados, es inconstitucional y viola el Derecho comunitario. Es la conclusión de un informe realizado para el Instituto de Estudios Económicos (IEE) por un equipo dirigido por Juan Martín Queralt, catedrático de la Universitat de Valencia, y formado por Álvaro Rodríguez Bereijo, catedrático de la Autónoma de Madrid y expresidente del Tribunal Constitucional, Gabriel Casado, catedrático de la Complutense de Madrid; Jorge Onrubia, profesor de la Complutense, Germán Orón, catedrático de la UJI de Castellón, y José Manuel Tejerizo, catedrático de la UNED.
En la presentación del estudio, en la que ha participado Íñigo Fernández de Mesa, presidente del IEE y vicepresidente de CEOE, el expresidente del Constitucional ha sido el experto más duro contra la propuesta del Gobierno, que califica de «abuso de procedimiento legislativo», «artificio», y «manipulación jurídica de la figura de prestación patrimonial de carácter público no tributario», para camuflar lo que en realidad es un impuesto. Y avisa que con esta propuesta «lo que está en juego no es el Derecho, sino el Estado de Derecho».
El director del estudio, Juan Martín Queralt, pone el foco en que se vulnera el Derecho comunitario al discriminar en función de la residencia en España. También se vulnera la libertad de establecimiento, la de prestación de servicios, la de movimiento de capitales. Y se coloca a las entidades residentes en otros Estados de la UE «en una situación de ventaja competitiva frente a las residentes en España». Por tanto, se vulnera el artículo 107 del Tratado de la UE al favorecer a unos sobre otros. Y tampoco se ha trasladado consulta sobre la norma al BCE, como regula el artículo 127 del Tratado.
Fraude de ley en la tramitación
El estudio del IEE subraya que existe «un fraude de ley» en la tramitación de la norma. Al hacerse como proposición de ley se elude las preceptivas consulta pública, la memoria de impacto, y el dictamen del Consejo de Estado. Además, hay una ausencia de informes del Banco de España y de la CNMC, cuando la norma «asigna unas funciones que no le son propias» a estas instituciones.
Al mismo tiempo, aunque se define como «prestación patrimonial de carácter público no tributario», el gravamen es «un impuesto», ya que «su presupuesto de hecho está constituido por hechos que ponen de relieve la capacidad económica, se gestiona y se revisa como un tributo, y se ingresa en el Tesoro para financiar el gasto público».
La inconstitucionalidad de la propuesta se basa en que vulnera el principio de seguridad jurídica (artículos 9.3 y 25 de la Constitución) por su retroactividad, y los de generalidad, igualdad y capacidad económica (artículo 31.1), el de reserva de ley; y el de proporcionalidad; altera el régimen de financiación de las autonomías, que no participan en la recaudación de estos gravámenes (artículos 156 y 157); atenta contra la libertad de empresa (artículo 38).
En el caso de los bancos, la propuesta incumple los criterios de la Autoridad Europea de Banca (EBA), que regula que cualquier coste debe incluirse en la fijación del precio de los préstamos.
El profesor Onrubia destaca que la propuesta contiene «una definición confusa y contradictoria de los beneficios extraordinarios, lo que provoca la existencia de una doble imposición con el Impuesto de Sociedades».
Subjetividad de los beneficios
El presidente del IEE destaca que una cuestión clave es determinar qué nivel de beneficios es «normal» y qué es «excesivo». Y esa definición queda al arbitrio del Gobierno, sin que haya un criterio objetivo que lo sustente.
Además, se producirá un incremento del riesgo regulatorio percibido por el inversor, lo que «provocará un aumento de la prima de riesgo y del coste de capital» de las entidades afectadas, y «dificultará la financiación de nuevos proyectos de inversión».
Íñigo Fernández de Mesa resalta que la banca y la energía son sectores fundamentales dentro de una economía, que ya sufren un nivel de imposición superior a la media (30% frente al tipo general del 25% en el Impuesto sobre Sociedades), «además de soportar impuestos sectoriales específicos».
Reitera la estimación de que los gravámenes temporales tendrán un impacto sobre la economía de 5.000 millones€, lo que supone 4 décimas de PIB, y 72.000 empleos.
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