El DOUE de 30 de septiembre publica la Comunicación de la Comisión -Directrices sobre la aplicación del Derecho de la competencia de la Unión a los convenios colectivos relativos a las condiciones laborales de las personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados 2022/C 374/02.
Estas directrices establecen los principios para evaluar, con arreglo al art. 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), los acuerdos entre empresas, las decisiones de asociaciones de empresas y las prácticas concertadas celebrados como resultado de negociaciones colectivas entre personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados y una o varias empresas relativos a las condiciones laborales de personas que trabajan por cuenta propia sin asalariados.
El art. 101 del TFUE prohíbe los acuerdos entre empresas que restrinjan la competencia dentro del mercado interior, en particular si fijan directa o indirectamente los precios de compra o de venta u otras condiciones de transacción. Las normas de competencia de la UE exigen que ésta debe establecer un mercado interior, incluido un sistema que garantice que no se falsee la competencia.
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