El DOUE de 6 de octubre publica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1864 de la Comisión, de 5 de octubre de 2022, por la que se establecen la estructura organizativa y las normas de funcionamiento de la red europea de la PAC y se deroga la Decisión de Ejecución 2014/825/UE. Entra en vigor a los tres días de su publicación.
Establece la estructura organizativa y las normas de funcionamiento de la red europea de la política agrícola común (PAC) mediante la creación de una Asamblea y un Grupo Director, la definición de su composición y tareas y el establecimiento de sus normas de funcionamiento.
La Asamblea estará compuesta por los miembros siguientes:
- las redes nacionales de la PAC (un miembro de cada Estado miembro);
- las autoridades de gestión (un miembro de cada Estado miembro);
- los organismos pagadores (un miembro de cada Estado miembro);
- las organizaciones no gubernamentales a escala de la UE, inscritas en el Registro de Transparencia, que hayan sido nombradas miembros de los grupos de diálogo civil sobre la PAC, y hayan manifestado su interés en participar en la Asamblea;
- las organizaciones a escala de la UE que representen a autoridades regionales o locales activas en el ámbito de la agricultura y el desarrollo rural, incluidas las conexiones entre las zonas rurales y las zonas urbanas (máximo de tres miembros);
- los grupos de acción local de Leader (un miembro de cada Estado miembro);
- los servicios de asesoramiento a las explotaciones que presten servicios de apoyo a la innovación vinculados a los proyectos de los grupos operativos de la AEI (un miembro de cada Estado miembro);
- los centros de investigación agrícola que desempeñen actividades de innovación vinculadas a los proyectos de los grupos operativos de la AEI (un miembro de cada Estado miembro).
Grupo Director
Estará compuesto por los miembros siguientes:
- ocho miembros de la Asamblea;
- cuatro miembros de cada uno de los subgrupos permanentes creados por la Asamblea;
- dos miembros del grupo de expertos para la aplicación del Reglamento sobre los planes estratégicos de la PAC, relacionados con el seguimiento y la evaluación.
Los miembros del Grupo Director serán nombrados por el director general a propuesta de la Asamblea de forma que se refleje la diversidad geográfica y temática de los miembros de la red europea de la PAC y sobre la base del compromiso voluntario de los miembros propuestos. Para cada una de las categorías anteriores, la Asamblea podrá proponer una rotación de los miembros del Grupo Director.
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