La Comisión Europea establece la información de las titulizaciones sintéticas dentro de balance

13/10/2022

diarioabierto.es. Se busca proporcionar a los inversores y a los supervisores una perspectiva general comparativa de todos los tipos de titulizaciones.

El DOUE de 13 de octubre publica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1929 de la Comisión, de 31 de marzo de 2022, por el que se modifican las normas técnicas de ejecución establecidas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1227 en lo que respecta a las plantillas para facilitar información de conformidad con los requisitos de notificación STS aplicables a las titulizaciones sintéticas dentro de balance. Entra en vigor a los veinte días de su publicación.

El Reglamento de Ejecución 2020/1227 de la Comisión establece el uso de plantillas para facilitar información de conformidad con los requisitos de notificación simples, transparentes y normalizados (STS, por sus siglas en inglés). En particular, en los anexos I a III del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1227 se especifica la información que debe comunicarse a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) en relación con las titulizaciones que cumplen los requisitos STS establecidos en el Reglamento 2017/2402 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, por el que se establece un marco general para la titulización y se crea un marco específico para la titulización simple, transparente y normalizada.

El Reglamento 2021/557 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2021, por el que se modifica el Reglamento 2017/2402 por el que se establece un marco general para la titulización y se crea un marco específico para la titulización simple, transparente y normalizada, para contribuir a la recuperación de la crisis de la COVID-19, ha modificado el Reglamento 2017/2402 ampliando el marco de titulización STS a las titulizaciones sintéticas dentro de balance. Por consiguiente, es necesario especificar la plantilla para facilitar información de conformidad con los requisitos de notificación STS en el caso de las titulizaciones sintéticas dentro de balance.

Para proporcionar a los inversores, a los inversores potenciales y a las autoridades competentes una perspectiva general comparativa de todos los tipos de titulizaciones STS, conviene garantizar la coherencia entre todas las notificaciones STS. Por consiguiente, la plantilla de notificación para las titulizaciones STS dentro de balance debe seguir el formato de la plantilla para las titulizaciones STS tradicionales, teniendo en cuenta al mismo tiempo los requisitos relativos a los acuerdos de cobertura del riesgo de crédito y el papel del agente de verificación tercero.

Se debe especificar el formato de cada uno de los campos que deben cumplimentarse en la notificación de titulizaciones STS dentro de balance, y toda información debe presentarse a ESMA por vía electrónica.

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