El DOUE de 24 de octubre publica la Directiva (UE) 2022/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativa a procedimientos uniformes de control del transporte de mercancías peligrosas por carretera (versión codificada). Entra en vigor a los veinte días de su publicación.
Sustituye a la Directiva 95/50/CE, en su versión modificada por los actos enumerados en el anexo IV, parte A, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho interno de las directivas que se indican en el anexo IV, parte B.
La Directiva se aplica a los controles que los Estados miembros ejercen sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera mediante vehículos que entran en su territorio o circulan por él o entran en el mismo procedentes de un tercer país.
No se aplica a los transportes de mercancías peligrosas que efectúen vehículos pertenecientes a las fuerzas armadas o que se encuentren bajo la responsabilidad de estas últimas.
Las disposiciones de la Directiva no menguan en forma alguna el derecho de los Estados miembros a controlar, en cumplimiento del Derecho de la UE, los transportes nacionales e internacionales de mercancías peligrosas que efectúen en su territorio vehículos no incluidos en la directiva.
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