La Audiencia Nacional ha suspendido cautelarmente la ejecución de la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que multaba a ArcelorMittal con 12,12 millones€, así como la prohibición de contratar con la Administración que se había impuesto a la compañía.
En su sentencia, la Audiencia Nacional señala que la suspensión consistente a la medida de la prohibición de contratar «se condiciona a que por las recurrentes se aporte garantía en forma de aval bancario u otra admisible en Derecho por el referido importe, una vez que sea aceptada y debidamente constituida en el plazo de dos meses siguientes a la notificación de la firmeza de este auto».
«Siendo exclusivamente económico el alcance de la medida, cabe considerar que dicho interés se salvaguarda con la exigencia de una garantía bastante que asegure el pago de la multa y con ello la indemnidad del erario público en caso de un pronunciamiento final desestimatorio del recurso», argumenta.
En marzo, la CNMC multó con 24 millones a las empresas siderúrgicas ArcelorMittal, Sidenor y Balboa por dos infracciones muy graves en el mercado de compra de chatarra en España. Estas compañías se desvelaron mutuamente información sobre los precios que ofertarían a los proveedores de chatarra férrica.
Además, compartieron datos sobre las paradas técnicas de sus instalaciones de forma que se anticipaban la futura demanda de chatarra, e intercambiaron información sobre los precios de terceros competidores obtenida de sus proveedores, que todavía no era pública para el mercado.
La investigación de Competencia se inició a partir de una información anónima remitida a la Comisión Europea sobre la posible existencia de un cártel en el mercado de compra de chatarra.
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