La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sometido a consulta pública el proyecto de circular sobre normas contables, cuentas anuales y estados financieros intermedios de las infraestructuras de mercado, sobre la que los interesados podrán enviar comentarios hasta el 18 de noviembre.
Esta norma sustituirá a la Circular 9/2008, de 10 de diciembre, con «ciertas novedades» con el objetivo de simplificar y actualizar las obligaciones, normas contables y estados financieros y de actividad, considerando la normativa aplicable vigente, eliminando redundancias innecesarias y adaptando todo ello a la nueva realidad de las infraestructuras españolas.
El proyecto contempla la eliminación de los apartados que no describían criterios contables específicos, la reducción de estados financieros intermedios –en los que el organismo reconoce que había «un buen número de duplicidades»– y la incorporación de un nuevo modelo de estado de cuenta de pérdidas y ganancias analítica para los depositarios centrales de valores.
A esto se suma la inclusión de modelos para la elaboración de balance y cuenta de resultados de las cuentas anuales individuales y consolidadas.
Así, los estados financieros intermedios que constan son balance, cuenta de pérdidas y ganancias, información segmentada de ingresos y tarifas complementaria, otra información financiera complementaria y, según proceda, estado de cumplimiento de requisitos de recursos propios o estado informativo de recursos propios. La remisión de los estados relativos a otra información financiera complementaria será únicamente trimestral.
La circular consta de 20 normas repartidas en tres capítulos, una disposición adicional, una disposición derogatoria y una disposición final. Incluye también tres anexos que contienen, respectivamente, los modelos de balance y cuenta de pérdidas y ganancias que deben incluirse en las cuentas anuales auditadas, los estados reservados individuales y los estados reservados consolidados.
Los comentarios se pueden enviar al correo electrónico [email protected] o a la dirección postal de la CNMV. Todos los que se reciban serán publicados una vez concluido el periodo de consulta pública, salvo que el interesado lo manifieste expresamente.
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