Razones de peso para adoptar una función de ‘compliance’ eficaz

17/11/2022

Francisco Luis Bonatti Bonet, de ASCOM. Presente y futuro del ‘compliance officer’ en España.

Después de dos años de espera a causa del COVID-19, el 17 de noviembre volvimos a conmemorar el Día del Compliance Officer. Desde 2017, la Asociación Española de Compliance (ASCOM) lo celebra el primer jueves de la segunda quincena de noviembre. Este año ha tenido lugar en el Ateneo de Madrid, que completó su aforo cinco semanas antes, lo que demuestra el carácter único de este encuentro.

Con un lleno hasta la bandera, propio de los tiempos prepandemia, y un “como decíamos ayer” en toda regla que nos llenó de alegría, esta cita de gran valor para las casi dos mil personas físicas y jurídicas que integran ASCOM, se ha convertido en una jornada de celebración y reivindicación. Porque el compliance officer es un profesional cada vez más relevante para las empresas y organizaciones, y que ha trascendido a nivel internacional. De hecho, son muchas las entidades nacionales e internacionales que, imitando nuestra iniciativa, celebran el Día del Compliance Officer organizando actos profesionales.

El Día del Compliance Officer tiene una dimensión reivindicativa. Como indica nuestra presidenta, Sylvia Enseñat, hablamos de “un profesional que gestiona los riesgos relacionados con los perjuicios que se pueden causar a terceros (clientes, proveedores, empleados, accionistas, sociedad en general), como consecuencia del incorrecto ejercicio de las actividades que se llevan a cabo dentro de una organización, o de los comportamientos inadecuados de sus directivos o empleados en el ejercicio de su actividad”.

Es una figura cada vez más habitual, aunque aún no está presente en todas las empresas. En el Estudio sobre la función de compliance en las empresas españolas, realizado en 2020 por ASCOM, en colaboración con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y el Instituto de Estudios Económicos (IEE) —que se puede solicitar gratuitamente desde nuestra página web—, se concluyó que en el 75% de las empresas encuestadas estaba implantada la función de compliance o tenían previsto hacerlo a cinco años vista. Sin duda era una gran noticia, pero también revelaba que aún quedaba un gran margen de mejora, pues un 25% de empresas no estaban por la labor de implantar la función.

Imagen: Ekaterina Bolovtsova (obtenida en pexels.com y modificada).

ASCOM tiene entre sus objetivos fundacionales profesionalizar la función de compliance en España y representar a todos los profesionales que la ejercen. En nuestra asociación somos muy conscientes: para poder ejercer su labor, es necesario que los compliance officers puedan actuar sin miedo a represalias y sin verse condicionados por otros intereses. Por ello, el hecho de que se garantice su independencia, tanto en lo relativo a sus líneas de reporte como a la forma en la que se fijan sus objetivos y su retribución, es esencial. Y será necesario que se garantizase esa independencia mediante una normativa que fije los parámetros mínimos que se deben cumplir para asegurarla.

A pesar de todo, este Día del Compliance Officer no ha dejado de ser el primero de una nueva época. Ya podemos afirmar que la función de compliance se está consolidando en las empresas españolas, gracias en parte al gran papel que han desempeñado estos profesionales desde marzo de 2020. Han ayudado a sus organizaciones a afrontar los nuevos riesgos derivados del impacto súbito e insospechado ocasionado por la pandemia del COVID-19 y el estado de alarma derivado.

Como función de gestión de riesgos, su papel fue muy relevante en esos momentos, dando continuidad al negocio, evaluando los cambios y proponiendo medidas para su mitigación. Ese papel eficaz reforzó una necesidad que ya venía imponiéndose con la oleada de regulaciones que desde hace unos años alcanza a las empresas y organizaciones, y que se ha visto incrementado con los planes de salida de la crisis sanitaria y la gestión de los fondos Next Generation EU.

Proteger a los informantes
La normativa llamada a ser protagonista es la inminente ley de protección de los informantes, en fase de anteproyecto. Esta norma establece que las empresas deberán implantar un sistema interno de información que asegure el establecimiento de procedimientos de información y comunicación, lo que implica la apertura de diversos canales internos para formular denuncias verbales o por escrito. También habrán de instaurar procedimientos de gestión de las comunicaciones o informaciones recibidas y otros adiciona adicionales específicos para la protección de los derechos de los informantes; elaborar procedimientos e instrucciones para prevenir cualquier tipo de represalia contra esas personas, e implantar mecanismos para salvaguardar los derechos de las personas denunciadas. Y deberán designar además un directivo responsable del sistema, aprobar una política interna y llevar un registro de comunicaciones.

Este sistema interno de información necesita a los compliance officers. Están llamados asumir el papel de diseñar, implantar y operar este sistema y los canales de denuncia internos, integrándolos en los programas de compliance de la organización.

La Asociación Española de Normalización (UNE) elabora actualmente dos nuevos estándares de compliance, en materia de libre competencia y en materia socio laboral, que se publicarán próximamente y completarán un catálogo detallado de marcos de referencia que ayudan a configurar mejor cómo debe ser esta función en las organizaciones. No son regulaciones con valor legislativo, pero es cierto que el éxito de estos modelos en las empresas españolas permite intuir que serán documentos relevantes para los compliance officers.

Estos estándares dan respuesta a dos cuestiones cada vez más relevantes en la agenda de las empresas. Por un lado, la garantía de la libre competencia, afectada gravemente por las consecuencias de la rotura de la cadena de suministros durante la pandemia y la escasez de materias primas y productos semielaborados. Y por otro, las cuestiones sociolaborales, que están contempladas en los objetivos ESG (medioambientales, sociales y de gobernanza), y que deben dirigirse a mitigar las brechas de género y diversidad en las empresas, a la vez que afrontan el acoso laboral y sexual, incluso en Internet, en las redes sociales. Todo ello en un momento en que nuestros juzgados y tribunales van goteando resoluciones donde se exonera de responsabilidad a empresas y organizaciones dotadas de robustos sistemas de compliance, a la vez que se condena a las que han actuado en sentido contrario. Se pone nuevamente en valor el acierto de adoptar una función de compliance eficaz y con profesionales competentes.

 

 

 

Francisco Luis Bonatti Bonet es secretario de la Junta Directiva de la Asociación Española de Compliance (ASCOM).

 

 

¿Te ha parecido interesante?

(Sin votos)

Cargando...

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.