El Gobierno aprueba la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero

22/11/2022

diarioabierto.es. A las entidades supervisadas, servicios fintech y de criptoactivos se añaden los de préstamos al consumo, con independencia de por quién sean supervisados.

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero que será remitido a las Cortes para su tramitación parlamentaria.
«La creación de la Autoridad es un proyecto prioritario para el Gobierno porque incrementará la protección de los ciudadanos en cuanto clientes financieros, que podrán presentar sus reclamaciones de forma gratuita en el ámbito bancario, de seguros y de inversión financiera ante un único organismo, lo que redundará en un mejor análisis de los conflictos y rapidez en el servicio», destaca la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.

La Autoridad absorberá los actuales servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones.

Entre las principales novedades que se han incorporado en el proyecto tras la Audiencia Pública figura la ampliación de las entidades que podrán ser objeto de reclamaciones por parte de los clientes. A las entidades supervisadas, servicios fintech y de criptoactivos se añaden los servicios de préstamos al consumo, con independencia de por quién sean supervisados.

También se refuerza el papel de los Códigos de Buenas Prácticas y de autorregulación del sector financiero, pudiendo ser objeto de reclamación en caso de incumplimiento. En este sentido se incluye como obligación para los supervisores financieros la elaboración y actualización de un Compendio Anual de Buenas Prácticas y Usos Financieros que será tenido en cuenta por la Autoridad en la resolución de los conflictos.

Se extiende también el tipo de reclamaciones que se pueden presentar, que podrán tener o no contenido económico, para cubrir la falta de información, la no apertura de una cuenta de pago básica, o incumplimientos de la autorregulación del sector financiero.

Cuando la reclamación tenga un contenido económico, en las resoluciones que sean vinculantes se podrá determinar la devolución de importes debidamente cobrados más los intereses de demora. Para las reclamaciones sin contenido económico se establece la posibilidad de la Autoridad pueda reconocer al cliente una compensación, entre 100 € y 2.000€, en función de la naturaleza, alcance y circunstancias particulares de la reclamación.

Se refuerzan los instrumentos para garantizar la inclusión financiera a través de la atención personalizada, particularmente a las personas mayores, con discapacidad y colectivos vulnerables que deseen presentar una reclamación. Con este objetivo se elaborará un modelo sencillo y accesible para que los ciudadanos detallen sus
reclamaciones y que podrán presentar por canales presenciales, telefónicos o telemático.

Mecanismo de conciliación o mediación

Como novedad y con el fin de favorecer todas las alternativas posibles para las partes, se incluye expresamente la posibilidad de que puedan someterse voluntariamente una vez iniciado el procedimiento a un mecanismo de conciliación o mediación.

Podrán presentar reclamaciones ante la Autoridad las personas físicas o jurídicas clientes de servicios financieros por posibles incumplimientos de normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, así como por abusividad de cláusulas declaradas como tales por los tribunales o, en su caso, hayan sido inscritas con tal carácter en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, en relación con los
contratos financieros.

Las resoluciones se dictarán de forma ágil, atendiendo a criterios
uniformes, en un plazo no superior a 90 días naturales desde que el
expediente esté completo, y tendrán carácter vinculante para las entidades
financieras cuando las reclamaciones estén relacionadas con la normativa
de conducta y protección a la clientela, o con cláusulas abusivas
declaradas como tales por los altos tribunales y de una cuantía inferior a
20.000€.

En el resto de los casos, cuando las resoluciones no sean vinculantes por ser de una materia no relacionada con las normas de conducta o de cuantía superior a 20.000 euros, están tendrán el valor de informe pericial si se deciden aportar en un procedimiento judicial en defensa de sus intereses.

El incumplimiento de las resoluciones vinculantes, así como el cumplimiento tardío o defectuoso, podrá ser objeto de sanción por parte de la Autoridad.

Ésta se financiará con el pago por las entidades financieras de una tasa de 250€ que abonarán por cada reclamación admitida. Se trata de una tasa por actividad y servicios de forma que, además de contribuir a la financiación de la Autoridad, incentivará que las entidades resuelvan las reclamaciones de forma previa.

on el fin de evitar abusos, la Autoridad podrá imponer multas de hasta 500 euros en caso de inadmisión reiterada al mismo reclamante durante un periodo de un año presentando reclamaciones que resulten infundadas.

La Autoridad contará con un Presidente y un Vicepresidente que serán nombrados por el Consejo de Ministros por un periodo de seis años no renovable. Para garantizar la homogeneidad de criterios en la resolución de las reclamaciones, se creará una Sección Especial.

También contará con un Comité Consultivo, integrado por el Presidente y el
Vicepresidente de la Autoridad, y 12 miembros representantes del Consejo de Consumidores y Usuarios, las patronales del ámbito financiero y representantes de las comunidades y ciudades autónomas, así como por dos expertos independientes.

Avales hasta diciembre de 2023

Por otra parte, el Gobierno amplía hasta diciembre de 2023 la Línea de Avales para garantizar la liquidez de autónomos y empresas y paliar los efectos económicos de la
invasión de Ucrania por Rusia.

La Línea, aprobada en el Real Decreto-ley 6/2022, cuenta con una dotación de 10.000 millones€ que comenzó a activarse en mayo.

Además de la ampliación de la línea, por acuerdo del Consejo de Ministros se introducen algunas modificaciones. El primer tramo de la Línea se divide
en dos compartimentos, uno de 3.500 millones para pymes y autónomos y
otro de 1.500 millones para grandes empresas, con el fin de garantizar el
acceso a la financiación de empresas de todos los tamaños.

En línea con la última ampliación del Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Unión Europea, se incrementan los umbrales máximos de avales de importe limitado por empresa a 2 millones con carácter general, 250.000€ para empresas primarias de
productos agrícolas y 300.000€ para pesca y acuicultura.

Para préstamos por importe superior, con el fin de evitar que las empresas más grandes puedan agotar el aval disponible, se establece un límite absoluto de 150 millones por beneficiario, que se añade a las limitaciones de importe que ya venían establecidas en función de su volumen de negocio o de sus costes energéticos.

Se extiende hasta 31 de diciembre de 2023 el compromiso de las entidades financieras de mantener las líneas de circulante a los clientes avalados bajo esta línea.

Y se establece, para aquellas operaciones de más de 50 millones, el compromiso del beneficiario de no repartir dividendos durante la vida de la operación.

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