El Consejo de la UE, contra la impunidad de los crímenes de guerra en la agresión de Rusia contra Ucrania

14/12/2022

diarioabierto.es. Apoya la iniciativa internacional de un tratado multilateral de cooperación judicial y extradición en el enjuiciamiento nacional de crímenes atroces.

El DOUE de 14 de diciembre publica las Conclusiones del Consejo sobre la
lucha contra la impunidad en materia de crímenes de guerra cometidos en el
contexto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

El Consejo de la UE insta a los Estados miembros a:

  • – adoptar las medidas legislativas necesarias para:
    o aplicar plenamente la definición de los crímenes internacionales
    fundamentales y modos de responsabilidad consagrados en el
    Estatuto de Roma;
    o permitir el ejercicio de la jurisdicción universal u otras formas de
    jurisdicción nacional sobre los crímenes internacionales
    fundamentales cometidos en el extranjero, y
    o permitir una estrecha cooperación judicial con la Corte Penal
    Internacional y, en la medida en que lo permita la legislación
    nacional, con otros mecanismos de investigación o rendición de
    cuentas –como la Comisión Internacional Independiente de
    Investigación sobre Ucrania establecida por el Consejo de
    Derechos Humanos de las Naciones Unidas– incluso, cuando
    proceda, en el marco de un equipo conjunto de investigación;
  • – apoyar a la Fiscalía General ucraniana con el fin de mejorar las
    capacidades de Ucrania para investigar y enjuiciar los crímenes
    internacionales fundamentales según los estándares internacionales;
  • – considerar la participación activa en el modelo de rotación coordinado
    por la Corte Penal Internacional;
  • – reforzar la cooperación judicial entre los Estados miembros y con
    Ucrania, otros terceros países y la Corte Penal Internacional, con el fin
    de garantizar el éxito de las investigaciones y enjuiciamientos de
    crímenes internacionales fundamentales, en particular apoyando la
    iniciativa internacional para la negociación de un tratado multilateral de
    cooperación judicial y extradición en el enjuiciamiento nacional de
    crímenes atroces;
  • – facilitar el uso de equipos conjuntos de investigación entre las
    autoridades competentes de los Estados miembros y otras partes
    interesadas, como la Corte Penal Internacional, con el fin de mejorar la
    cooperación judicial en casos individuales y favorecer las
    investigaciones y enjuiciamientos de crímenes internacionales
    fundamentales a escala nacional e internacional;
  • – cooperar con el Grupo Consultivo sobre Crímenes Atroces y facilitar,
    cuando proceda, la estrecha colaboración entre dicho grupo y el equipo conjunto de investigación establecido entre Ucrania y algunos Estados miembros;
  • – reforzar la cooperación con las partes interesadas de la UE –como Eurojust, Europol, la Red Judicial Europea, la Red Europea de Cooperación contra el Genocidio, EUAM Ucrania y la Red de Expertos Nacionales en equipos conjuntos de Investigación (Red ECI)–, con el fin de reforzar el éxito de las investigaciones y enjuiciamientos de crímenes internacionales fundamentales;
  • – seguir reforzando las capacidades de EUAM Ucrania enviando expertos nacionales con la experiencia pertinente;
  • – seguir proporcionando un apoyo jurídico, operativo y financiero adecuado para la creación y el funcionamiento correcto de unidades especializadas dedicadas a la investigación y el enjuiciamiento de crímenes internacionales fundamentales a nivel nacional dentro de las autoridades competentes en materia de policial, de enjuiciamiento, de cooperación judicial y de recogida de declaraciones de las víctimas, así como, cuando proceda, dentro de los servicios de inmigración;
  • – informar a las autoridades judiciales nacionales que investigan los crímenes internacionales fundamentales sobre las competencias conferidas a Eurojust, y a hacer hincapié en la ayuda que pueden brindar tanto Eurojust –en cooperación con la Red Europea de Cooperación contra el Genocidio– como Europol para cotejar información de forma rápida y eficaz y detectar posibles vínculos entre los casos investigados en diferentes Estados miembros;
  • – racionalizar la recogida y el intercambio de información entre las autoridades pertinentes y las partes interesadas que entran en contacto con las víctimas de crímenes de guerra, aprovechando los conocimientos especializados desarrollados, en concreto, por la Red de Exclusión de la Agencia de Asilo de la Unión Europea, la Red Europea de Cooperación contra el Genocidio y la Plataforma de la UE de los Derechos de las Víctimas;
  • – dedicar recursos suficientes a actividades de desarrollo de capacidades y formación para las autoridades nacionales implicadas en la identificación de víctimas y los testigos de crímenes internacionales fundamentales;
  • – a colaborar con las organizaciones de la sociedad civil, en particular a través de la Plataforma de la UE de los derechos de las víctimas, en especial para mejorar el intercambio de información y los esfuerzos de divulgación hacia las víctimas y las comunidades afectadas;
  • – a promover, cuando proceda, la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil en la recogida de pruebas de crímenes internacionales fundamentales y a facilitar, en la medida en que lo permita la legislación nacional, la admisibilidad de dichas pruebas ante los tribunales;
  • – a sensibilizar a la comunidad de refugiados ucranianos sobre la posibilidad de prestar declaración en los Estados miembros en relación con los crímenes internacionales fundamentales de los que pueden haber sido víctimas o testigos, teniendo en cuenta su posición vulnerable y su necesidad de apoyo;
  • – a reforzar la participación, la información, el apoyo y la protección de las víctimas de crímenes internacionales fundamentales en los procesos penales, en particular mediante el intercambio de experiencias y mejores prácticas en relación con el apoyo y la protección de las víctimas.

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