La UE se defiende frente a subvenciones extranjeras distorsionantes

23/12/2022

diarioabierto.es. // Reglamento (UE) 2022/2560

El DOUE de 23 de diciembre publica el Reglamento (UE) 2022/2560 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior.

Tiene 45 páginas. Entra en vigor a los veinte días de su publicación, siendo aplicable a partir del 12 de julio de 2023, como regla general. Véase su art. 54 respecto a algunos artículos o apartados.

Tiene como objetivo contribuir al buen funcionamiento del mercado interior mediante el establecimiento de un marco armonizado para hacer frente a las distorsiones causadas, directa o indirectamente, por subvenciones extranjeras, con vistas a garantizar la igualdad de condiciones de competencia.

Establece las normas y los procedimientos para investigar las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior y para corregir tales distorsiones. Estas últimas pueden producirse respecto de cualquier actividad económica, y en particular en el marco de las concentraciones y los procedimientos de contratación pública.

Se aplica a las subvenciones extranjeras concedidas a las empresas que ejercen una actividad económica en el mercado interior, incluidas las empresas públicas controladas directa o indirectamente por el Estado. Se considerará que ejercen una actividad económica en el mercado interior, entre otras, las empresas que adquieran el control de una empresa establecida en la UE o se fusionen con una empresa establecida en la Unión o que participen en un procedimiento de contratación pública en la UE.

Declaraciones

En relación con esta norma, otro DOUE de la misma fecha contiene las siguientes declaraciones:

  • Declaración conjunta del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión

  • Declaración de la Comisión Europea sobre las normas multilaterales contra las subvenciones extranjeras con efectos distorsionadores, con motivo de la adopción del Reglamento (UE) 2022/2560

  • Declaración de la Comisión Europea sobre las aclaraciones relativas a la aplicación del Reglamento 2022/2560, a tenor de su artículo 46

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