Cores eleva entre un 4,3% y un 25,7% las cuotas de las energéticas obligadas a tener reservas

29/12/2022

diarioabierto.es. Afecta a las empresas obligadas a mantener existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos, de gases licuados del petróleo y de gas natural.

La Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (Cores) ha elevado entre un 4,38% y un 25,7% en términos interanuales las cuotas ordinarias que deberán abonar en 2023 los sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos, de gases licuados del petróleo y de gas natural, según la disposición general del Ministerio para la Transición Ecológica publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En relación con las cuotas ligadas a los hidrocarburos líquidos, las compañías obligadas a mantener reservas de seguridad deberán pagar 0,0807 euros por metro cúbico (un 25,7% más frente a los 0,0642 de 2022) vendido o consumido y por día de existencias mantenido por Cores de las gasolinas auto y aviación.

En tanto, la cuota para 2023 en los gasóleos de automoción, otros gasóleos, querosenos de aviación y otros querosenos quedará fijada en 0,0844 euros por metro cúbico, es decir, un 20,57% más que los 0,07 euros fijados para 2022.

La cuota por tonelada métrica vendida o consumida y por día de
existencias mantenido por Cores para los fuelóleos será en 2023 de 0,0809 euros, lo cual supone un incremento del 4,38% frente a los 0,0775 euros establecidos para 2022.

Asimismo, la cuota ordinaria para 2023 en relación con los gases licuados del petróleo se mantendrá en 0,11 euros por tonelada métrica vendida o consumida, mientras que la cuota vinculada al gas natural queda fijada para el año que viene en 4,52 euros por gigavatio hora de ventas o consumos firmes, lo cual implica un aumento del 8,9% en relación con la tasa de 2022 (4,15 euros).

Estas cuotas tienen como finalidad financiar los costes previstos por Cores, «que son los que generen la constitución, almacenamiento y conservación de las existencias estratégicas de cada grupo de productos petrolíferos, los derivados de las actividades de la corporación relativas a los gases licuados del petróleo y al gas natural, así como el coste de las demás actividades que la normativa vigente asigna a Cores, como los derivados de sus funciones estadísticas y de control de la obligación de acreditar el cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte», señala la disposición general.

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