Los autónomos que elijan cotizar menos deben comunicarlo antes del 28 de febrero

02/01/2023

Luis Martínez del Amo. Los tramos más bajos del nuevo sistema de cotización ofrecen rebajas de 60 euros respecto a la cuota mínima de 2022.

Los autónomos en situación de alta el pasado 31 de diciembre y que quieran cambiar de base de cotización, de acuerdo al nuevo sistema ya en vigor, deberán hacerlo antes del próximo 28 de febrero. De este modo, evitarán tener que realizar posteriormente una regularización, una vez que la Seguridad Social coteje sus cotizaciones con sus ingresos reales, tras cruzar sus datos con la Agencia Tributaria.

Con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, los autónomos que ya estuvieran en alta tienen dos meses de plazo, hasta el próximo 28 de febrero, para cambiar su base de cotización, según se explica en el portal de la Tesorería de la Seguridad Social Importasss.

El nuevo sistema de cotización por ingresos reales prevé 15 tramos para ajustar los pagos de los autónomos con la Seguridad Social. El nuevo sistema acaba con la posibilidad de que los profesionales por cuenta propia elijan su base de cotización. Y ofrece dos tablas, con quince tramos, en que los autónomos pueden elegir entre una base mínima y una máxima, en función de cada tramo.

Así, la tabla reducida ofrece tres tramos a quienes ganen menos de 1.166,70 euros en 2023. ¿Cómo calcular estos rendimientos netos? Para ello los autónomos deben consultar su declaración de la renta IRPF, y sumar los importes de las casillas 0224 y 0186; donde se consignan respectivamente el rendimiento neto para Hacienda, y los pagos a la Seguridad Social.

Esta suma, menos un 7% en concepto de gastos deducibles con carácter genérico —la mitad en el caso de los autónomos societarios—, ofrece la cuantía (el importe anual, que habrá que dividir entre doce meses) con la cual acudir a la tablas de rendimientos netos de la Seguridad Social.

Con ese promedio mensual, los autónomos obtendrán el tramo en que se sitúan sus ingresos cotizables, dentro del cual podrán elegir entre una base mínima y una máxima, a fin de ajustar sus pagos con la Seguridad Social, en un sistema que irá variando sus importes durante los próximos tres años, y que luego —transcurridos nueve, en total— habrá que volver a revisar.

Los autónomos deben comunicar sus rendimientos netos a la Seguridad Social antes del próximo 31 de octubre. Sin embargo, si desean efectuar un cambio de cotización, porque su base del pasado año no se ajusta con la que que le corresponde en el nuevo sistema, el plazo se reduce a dos meses, y deberán comunicarlo a través de la web, antes del próximo 28 de febrero.

Por ejemplo, un autónomo que viniera cotizando por la base mínima de 2022, situada en 960,60 euros, y cuya previsión de ingresos para este 2023 —calculada según el método arriba indicado— se sitúa por debajo de esa cifra, podrá elegir cotizar por una base mínima de 751,63 euros; y pagar unos 230 euros, en lugar de los más de 290 euros mensuales del pasado 2022.

Sin embargo, esta opción de reducir su base de cotización en más de 200 euros traerá como consecuencia una rebaja en todas las prestaciones que cubre la Seguridad Social, desde las derivadas de incapacidad, sea por enfermedad común o profesional, hasta la pensión de jubilación o las de viudedad u orfandad, por ejemplo.

Seis ventanas para cambiar de base

El nuevo sistema ofrece a los autónomos seis oportunidades para cambiar de base de cotización a lo largo del año, e ir ajustando de ese modo su base de cotización, según la marcha de su negocio. De todos modos, la Seguridad Social, una vez concluido el ejercicio, efectuará una comprobación de los ingresos reales, cruzando sus datos con los de la Agencia Tributaria, a fin de determinar la fidelidad de la previsión de ingresos, y ajustar la cuota, al alza o a la baja, en función del resultado final.

Cada dos meses, los autónomos podrán cambiar esta base de cotización, a través de la citada página de la Tesorería de la Seguridad Social.

Los autónomos artistas, que desarrollen su actividad en el campo de las artes escénicas, audiovisuales o musicales, y los técnicos de las mismas, podrán acogerse a una base mínima reducida, siempre que sus rendimientos sean inferiores a 3.000 euros al año, o 250 euros al mes, precisa la Seguridad Social.

Actualización de tramos en 2024 y 2025

Los tramos anteriormente citados se irán actualizando en 2024 y 2025, con diversa suerte en función de las cuantías.

Para los tramos más bajos, la cotización irá bajando desde la cuota mínima de 230 euros de este año, hasta una de 200 euros en 2025; pasando por los 225 euros en 2024.

Los tramos medios, comprendidos entre los 1.300 euros y los 1.700 euros de rendimientos mensuales, se mantendrán en 294 euros durante los tres años.

En cambio, los tramos más altos, a partir de 3.620 euros de rendimientos netos mensuales, verán aumentar sus pagos en unos 100 euros, respecto de la cuota mínima de 2022 (294 euros); en tanto que los que ganen más de 6000 euros deberán pagar unos 200 euros más de esa cantidad, al finalizar el período.

Según los cálculos de las asociaciones de autónomos, la mitad de los afiliados pagarán menos que ahora, mientras que una cuarta parte pagará lo mismo, y otro tanto, más.

“Es un sistema en el que, indudablemente, los autónomos que tengan menos ingresos van a cotizar menos, y los que tengan más ingresos van a cotizar un poco más”, dijo hoy el presidente de ATA y vicepresidente de la gran patronal CEOE, Lorenzo Amor, uno de los firmante del acuerdo con el Gobierno para este nuevo sistema de cotización.

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