Europa juzgará a la justicia española

03/02/2023

Josep M. Orta.

Las sentencias se han de leer enteras y los titulares no están generalmente en los primeros párrafos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea hizo público su resolución sobre las consultas prejudiciales formuladas por el juez Llarena a la negativa de extraditar al exconseller Lluís Puig, lo que todos consideran un precedente de lo que sucederá con Carles Puigdemont.

En primera instancia la virtud de esta resolución es que todos están contentos, unos interpretan que la entrega del expresident está al caer y otros, por el contrario consideran que las tesis del juez español han sufrido un serio revés.

Hay una obviedad: Europa reconoce que una autoridad judicial no puede negarse, en principio, a negarse a ejecutar una orden de detención europea” en virtud del principio de confianza mutua, pero a continuación admite que “una decisión denegatoria, adoptada después de un examen adecuado, ha de tener una carácter excepcional”. Y concreta en este punto señalando que lo puede hacer cuando hay deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial del estado emisor o que afecten la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas” o que los afectados puedan demostrar que los órganos que los han de juzgar no tienen competencias, en este caso porque cualquier acusado tiene derecho a la apelación a un segundo tribunal.

El próximo movimiento lo tiene que hacer el juez Llarena que ha de decidir si vuelve a pedir la extradición de Puig y esperar que levanten la inmunidad del eurodiputado Carles Puigdemont. Ha sido el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el encargado de rebajar la euforia de los que ven como inminente la extradición de ex president.”Tenemos que trabajar, poner a disposición de las autoridades belgas, que seguramente solicitarán más información” aunque reconoció que “estamos delante de un escenario realmente incierto”, aseguró.

Más contundente es la postura de los defensores de Puigdemont. Gonzalo Boyé reclama que la justicia europea debería establecer unos estándares democráticos mínimos y comunes que aseguren estén garantizados el disfrute de los derechos y las libertades promulgados en el artículo 2 del tratado de la Unión (habla de la dignidad humana, libertad y respeto a los derechos humanos “incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías”. Califica de “la peor de las ideas” la iniciativa de Llarena de “persecución al independentismo fue someter el proceso a una revisión prejudicial”,. En su

opinión la sentencia “establece unos criterios sobre que no han de hacer los países que tienen tendencias poco democráticas”. A continuación señala que el Tribunal Supremo no era el competente en el caso del procés y también advierte que Luxemburgo advirtió a Llarena que no se puede abusar de las euroórdenes de extradición.

Según el citado letrado la sentencia, analizando párrafo a párrafo la sentencia, “está llena de cargas de profundidad”.

No sé quién tiene razón, pero quizás gracias a la prejudicial de Llarena Europa podrá examinar en profundidad la situación de la cúpula judicial española.

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