El DOUE de 20 de febrero publica el Reglamento Delegado (UE) 2023/370 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los procedimientos, los plazos de presentación por los Estados miembros de solicitudes de modificación de los planes estratégicos de la PAC y otros casos en los que no se aplica el número máximo de modificaciones de los planes estratégicos de la PAC.
Entra en vigor a los siete días de su publicación, siendo aplicable a partir del 1 de enero de 2023
El Reglamento 2021/2115 establece las normas básicas que rigen los planes estratégicos de la política agrícola común (PAC), incluidas las normas relativas a la presentación y a la aprobación de las modificaciones de tales planes.
A fin de permitir a los Estados miembros presentar solicitudes de modificación de sus planes estratégicos de la PAC, es necesario establecer los procedimientos y los plazos para la presentación de las solicitudes de modificación.
Con el fin de proporcionar cierta flexibilidad a los Estados miembros en caso de emergencias debidas a desastres y catástrofes naturales y otras medidas de emergencia, así como para hacer frente a otras situaciones específicas y, al mismo tiempo, tramitar de manera eficaz y oportuna las solicitudes de modificación del plan estratégico de la PAC sin cargas administrativas indebidas, es necesario determinar más casos en los que no se aplique el número máximo de solicitudes de modificación establecido.
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