Cómo optimizar la factura fiscal a fin de año

30/11/2011

diarioabierto.es.

Se acerca el final del año, y si aún no han planificado su fiscalidad, los autónomos y pymes tienen ahora la oportunidad de rebajar la factura fiscal de su actividad empresarial. Desde el punto de vista fiscal, hay tres formas de ahorrar: con inversiones que ahorren costes en el futuro; aprovechando deducciones y amortizaciones; y, sobre todo, teniendo cuidado de no cometer posibles errores con Hacienda (no pagar de más por falta de planificación o atención). Los Financial Planner de Optima abordamos a continuación algunas de las cuestiones que suponen una estrategia fiscal al alcance de los contribuyentes; se trata de unas breves pinceladas tanto en el IS como en el IRPF. No obstante se ha de tener en cuenta que cada uno de los puntos es susceptible de detalle (límites y cuantías) de cara a una correcta planificación, con el fin de conseguir un importante ahorro fiscal, sin perjuicio de las peculiaridades propias de las Comunidades Autónomas del País Vasco y Navarra.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISCAS (IRPF)

• Aportar el máximo a los Planes de Pensiones.

• Materializar plusvalías o minusvalías.

• Aplicar los incentivos previstos en el Impuesto sobre Sociedades y los previstos para las empresas de reducida dimensión.

• Puede ser el momento de renunciar al sistema de módulos versus el sistema de estimación.

• Tal vez interese que se satisfaga parte del sueldo en retribución en especie.

• Aplicar la deducción por vivienda habitual a contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros.

• Está exenta de gravamen la ganancia obtenida por transmisión de vivienda habitual, siempre que ese importe se reinvierta en la adquisición de una nueva.

• Deducción por alquiler para aquellos cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS)

• Ampliar capital para deshacerse de préstamos entre socios.

• Reinvertir beneficios extraordinarios en activos inmovilizados o en valores de una empresa productiva.

• No descartar a los profesionales en paro: cualquier emprendedor puede deducirse las cantidades pendientes en el momento de la contratación de la cuota de la empresa por contingencias comunes.

• Revisar arrendamientos financieros, ya que puede deducirse un importe superior al máximo de la amortización fiscal previsto para cualquier adquisición de bienes del inmovilizado o inversiones.

• Libertad de amortización de nuevas inversiones a cualquier pequeña o mediana empresa que mantenga plantilla (al menos durante 24 meses).

• Ojo con las operaciones vinculadas: hay que tener cuidado con el binomio sueldo/ beneficio, en la medida en que es necesario documentar la justificación de los sueldos de los socios.

• Los seguros y las primas de enfermedad también se deducen.

• Mucha atención a la hora de deducir gastos pasados: si se descubre algún error en la contabilidad, es importante recordar las normas de imputación.

• Venta de activos con pérdidas acumuladas.

• Pérdidas por deterioro de los créditos derivados de las posibles insolvencias para deudores: las pymes pueden computar como partida deducible hasta el 1% del saldo de deudores existentes.

• Comprobaciones con otras declaraciones e impuestos.

• Chequeo de ajustes fiscales.

• Operaciones con pago aplazado: podemos aprovechar este criterio de imputación temporal en las ventas a plazo.

• Compensación de bases imponibles negativas como instrumento de optimización fiscal; especial atención a las bases imponibles negativas dentro del régimen de consolidación fiscal.

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