Santalucía ofrece una Guía Rápida para la Declaración de la Renta

28/02/2023

diarioabierto.es. Los contribuyentes cuyos ingresos anuales no superen los 22.000€ de un pagador y los 15.000 de más de un pagador, están exentos.

Con la llegada del mes de abril regresa, como cada año, el inicio de la nueva campaña de la declaración de la renta 2022/2023. En todos los ejercicios siempre hay algún cambio que hace que de un año para otro haya modificaciones en algunas casillas, por ello hay que estar muy atentos a las novedades que van surgiendo. Desde que se reforzó el servicio de renta online, cada vez resulta menos laborioso, aunque siempre, al principio, cuesta.

Para aclararte cómo hacer la declaración de la renta y darte las novedades de este año, traemos esta guía rápida para que sea más sencillo cumplir con Hacienda.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la renta?

Para comenzar con la declaración de la renta y esta guía rápida, lo primero y más esencial que debes conocer es si estás obligado a presentar el ejercicio, ya que existen algunas excepciones que evitan que tengas que presentar el trámite.

Aquellos contribuyentes cuyos ingresos anuales no superen los 22.000 euros procedentes de un pagador y, como novedad, los 15.000 euros anuales si provienen de más de un pagador, están exentos de presentar la declaración de la renta.

Por otro lado, aunque no lleguen al mínimo, sí estarán obligados a presentar el ejercicio aquellos contribuyentes que se vean afectados por un ERTE y los beneficiados por la prestación del Ingreso Mínimo Vital.

Renta 2022-2023: fechas clave

Una vez que ya conocemos si estamos obligados o no a realizar la declaración, lo siguiente es saber cuáles son las fechas clave para la presentación del ejercicio. Este año, la campaña tiene su inicio el martes 11 de abril y pondrá su punto final el día 30 junio, con la excepción de las personas que hayan obtenido un resultado a pagar y quieran domiciliar el ingreso, estas deberán presentarla antes, tiene como fecha límite el 27 de junio. Como el año pasado, el ejercicio de la renta se va a poder presentar de forma presencial, vía telefónica y online.

Te dejamos las fechas clave en esta guía rápida de forma más resumida:

  • 11 de abril: inicio de la campaña.
  • 3 de mayo al 29 de junio: solicitud de cita para elaboración telefónica.
  • 5 de mayo: elaboración telefónica.
  • 25 de mayo al 29 de junio: solicitud de cita para elaboración presencial.
  • 1 de junio: elaboración presencial.
  • 27 de junio: fecha límite de domiciliación bancaria de las declaraciones a ingresar.
  • 30 de junio: fin de la campaña.

Novedades renta 2022-2023

Como ya avanzábamos al principio de esta guía rápida de la declaración de la renta, es necesario que conozcas las novedades que se van a aplicar en el ejercicio 2022. Cada año hay que tener en cuenta los cambios que afectan al ejercicio ya que ciertas normas varían de un ejercicio fiscal a otro.

Planes de pensiones

A nivel de ahorro para la jubilación hay una novedad importante y es que la reducción o desgravación en la renta de las aportaciones a planes de pensiones individuales queda limitado a 1.500 euros al año. Por su parte, el límite en planes de empleo se amplia a 8.500 euros.

Mínimo exento a declarar

Tal y como se indicaba anteriormente, el mínimo exento a declarar en el caso de dos pagadores se eleva en mil euros, hasta los 15.000 euros anuales.

Rendimientos de trabajo

Se eleva la reducción de los rendimientos de trabajo desde los 18.000 hasta los 21.000 euros.

Deducción por maternidad

Las madres con hijos menores de 3 años desempleadas y que reciben una prestación asistencial también se benefician de la deducción por maternidad de 100 euros mensuales.

Deflactaciones del IRPF

Madrid, Comunidad Valenciana, Galicia, Andalucía y Murcia aplican deflactaciones del IRPF, lo que supone una modificación de los tramos para no perder poder adquisitivo por la subida de la inflación.

Autónomos

Se incrementa la reducción general desde el 5% al 15% en el rendimiento neto de módulos del 5% al 7% para los que tributan por estimación directa simplificada, con un máximo de 2.000 euros anuales.

Rentas de ahorro

Se introduce un quinto tramo para los contribuyentes que superen los 300.000 euros en rentas del ahorro, aplicándoles un tipo del 28% y se modifica para los que ganen más de 200.000, pasando del 26% al 27%.

Ganancias Tipo aplicable
Hasta 6.000 euros 19%
De 6.000 hasta 50.000 euros 21%
De 50.000 euros hasta 200.000 euros 23%
De 200.000 euros hasta 300.000 euros 27%
Más de 300.000 euros 28%

Fuente: Agencia Tributaria

Tramos del IRPF

Los tramos del IRPF se mantienen:

Base imponible Tipo
Hasta 12.450 euros 19%
De 12.450 euros hasta 20.200 euros 24%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 30%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 37%
De 60.000 euros hasta 300.000 euros 45%
Rentas superiores a 300.000 euros 47%

Fuente: Agencia Tributaria

¿Cómo consigo el borrador de la renta?

Continuando con la declaración de la renta y esta guía rápida, para poder acceder al borrador necesitas tener el número de referencia, este es el que se debe introducir en RENTA WEB. Para obtener este número lo puedes conseguir a través de estas 3 opciones:

  • Cl@ve PIN, con la que podrás identificarte y proceder a continuar con el proceso en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • A través del Certificado Digital de Persona Física de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
  • Accediendo con el dato de la casilla 505 del ejercicio anterior.

Cuando tengamos el número de referencia, podremos solicitar el borrador de la renta, éste se puede revisar y modificar, además, te permite conocer los ingresos y rentas de la declaración anterior, el tramo de IRPF que se te va a aplicar y conocer si te va a salir a ingresar o a devolver.

¿Cómo la puedo presentar?

La declaración de la renta, como hemos indicado en esta guía rápida, se puede presentar mediante tres modalidades diferentes:

  • Elaboración presencial: del 27 de mayo al 29 de junio se puede solicitar cita previa para que a partir del 1 de junio funcionarios de Hacienda te hagan la declaración de forma presencial.
  • Elaboración telefónica: del 3 de mayo hasta el 29 de junio se puede solicitar cita telefónica, para hacerla en esta modalidad a partir del 5 de mayo.
  • Elaboración online: desde el 11 de abril puedes solicitar el borrador de la renta 2022-2023 y confirmarla en la misma página web.

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