El DOUE de 5 de abril publica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/736 de la
Comisión, de 31 de marzo de 2023, relativo a la definición de los detalles
técnicos de la aplicación del mecanismo de corrección del mercado a los
derivados vinculados a puntos de intercambio virtual en la Unión distintos del
TTF.
Entra en vigor a los siete días de su publicación, siendo aplicable a partir del 1
de mayo de 2023.
Define los detalles técnicos de la aplicación del mecanismo de corrección del
mercado (MCM) a los derivados vinculados a puntos virtuales de negociación
(VTP, por sus siglas en inglés) en la UE distintos del punto virtual de
negociación del mecanismo de transferencia de títulos (TTF, por sus siglas en
inglés).
El Reglamento 2022/2578 del Consejo, de 22 de diciembre de 2022, por el que
se establece un mecanismo de corrección del mercado para proteger a los
ciudadanos de la Unión y la economía frente a precios excesivamente elevados
(«Reglamento MCM»), establece un mecanismo temporal de corrección del
mercado para las órdenes de negociación de derivados del mecanismo de
transferencia de títulos (TTF) y derivados vinculados a otros puntos de
intercambio virtual con vencimientos de entre un mes y un año vista. Esto
significa que el MCM se aplica a cualquier derivado sobre materias primas,
negociado en un mercado regulado, cuyo subyacente sea una operación
gasística en cualquier punto de intercambio virtual de la UE.
El Reglamento MCM establece los detalles técnicos de la aplicación del MCM
únicamente con respecto a las órdenes de negociación de derivados TTF y no
para las órdenes de negociación de derivados vinculados a otros puntos de
intercambio virtual. Esto se debió a la necesidad urgente de aplicar el MCM a
los derivados TTF, considerados comúnmente como el indicador estándar para
la fijación de precios en los mercados europeos del gas, y a la necesidad de
una preparación adicional para la aplicación del MCM a las órdenes de
derivados vinculados a otros puntos de intercambio virtual.
Por lo tanto, el Reglamento MCM faculta a la Comisión Europea (CE) para
adoptar un acto de ejecución a fin de definir los detalles técnicos de la
aplicación del MCM a los derivados vinculados a esos otros puntos de
intercambio virtual, en particular en lo que respecta a la aparición de un evento
de corrección del mercado y la aplicación de un límite dinámico de oferta con
respecto a dichos derivados. El Reglamento MCM también faculta a la CE para
excluir excepcionalmente determinados derivados de entre los vinculados a
otros puntos de intercambio virtual.
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