El DOUE de 21 de abril publica:
Una comunicación de aprobación de una modificación normal del pliego
de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se
menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado
(UE) 2019/33 de la Comisión.
Se refiere a la denominación de origen protegida (DOP) del vino Toro.
Los cambios afectan a los siguientes aspectos.
o Mejora de la redacción
o Introducción de nuevas tipologías de vinos; semisecos,
semidulces y dulces dentro de la categoría 1-vino
o Adaptación de las condiciones de elaboración del vino (prácticas
enológicas: condiciones de elaboración) para incluir los nuevos
tipos de vinos
o Ampliación del vínculo en lo que se refiere a los vinos semisecos,
semidulces y dulces
o Modificación disposiciones respecto al embotellado
o Mejora de la redacción de las disposiciones respecto al
etiquetado
o Actualización del apartado relativo a controles.
El área geográfica de la DOP está ubicada en el extremo occidental de
la región de Castilla y León, al sudeste de la provincia de Zamora y
comprende parte de las comarcas naturales de Tierra del Vino, Valle
del Guareña y Tierra de Toro. Linda con los páramos de Tierra del Pan
y Tierra de Campos, abarcando 62 000 hectáreas de terreno.
Comprende los siguientes municipios:
– Provincia de Zamora: Argujillo, La Bóveda de Toro, Morales de
Toro, El Pego, Peleagonzalo, El Piñero, San Miguel de la Ribera,
Sanzoles, Toro, Valdefinjas, Venialbo y Villabuena del Puente.
– Provincia de Valladolid: San Román de Hornija, Villafranca del
Duero y los pagos de Villaester de Arriba y Villaester de Abajo, del
término municipal de Pedrosa del Rey
Una solicitud de registro de un nombre con arreglo al artículo 50,
apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento
Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos
agrícolas y alimenticios.
La publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud en el plazo de
tres meses a partir de la fecha de la misma.
Se refiere a la indicación geográfica protegida cerdo de Teruel, que se
aplica a la carne de animales de la especie porcina, con las siguientes
características:
– es una carne de color rojo-rosáceo y presenta infiltración de grasa
intramuscular,
– al consumo, es una carne jugosa, tierna y de sabor suave.
La zona geográfica de producción de cerdos (cría y cebo), sacrificio de
los animales y despiece para la separación de perniles y paletas de las
canales, corresponde a la provincia de Teruel.
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