La Comisión Europea modifica el vino Toro y publica la solicitud de protección del cerdo de Teruel

21/04/2023

diarioabierto.es. Se produce una adaptación de las condiciones de elaboración del vino (prácticas enológicas: condiciones de elaboración) para incluir las nuevas tipologías.

El DOUE de 21 de abril publica:

 Una comunicación de aprobación de una modificación normal del pliego
de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se
menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado
(UE) 2019/33 de la Comisión.

Se refiere a la denominación de origen protegida (DOP) del vino Toro.
Los cambios afectan a los siguientes aspectos.
o Mejora de la redacción
o Introducción de nuevas tipologías de vinos; semisecos,
semidulces y dulces dentro de la categoría 1-vino
o Adaptación de las condiciones de elaboración del vino (prácticas
enológicas: condiciones de elaboración) para incluir los nuevos
tipos de vinos
o Ampliación del vínculo en lo que se refiere a los vinos semisecos,
semidulces y dulces
o Modificación disposiciones respecto al embotellado
o Mejora de la redacción de las disposiciones respecto al
etiquetado
o Actualización del apartado relativo a controles.

El área geográfica de la DOP está ubicada en el extremo occidental de
la región de Castilla y León, al sudeste de la provincia de Zamora y
comprende parte de las comarcas naturales de Tierra del Vino, Valle
del Guareña y Tierra de Toro. Linda con los páramos de Tierra del Pan
y Tierra de Campos, abarcando 62 000 hectáreas de terreno.

Comprende los siguientes municipios:
– Provincia de Zamora: Argujillo, La Bóveda de Toro, Morales de
Toro, El Pego, Peleagonzalo, El Piñero, San Miguel de la Ribera,
Sanzoles, Toro, Valdefinjas, Venialbo y Villabuena del Puente.
– Provincia de Valladolid: San Román de Hornija, Villafranca del
Duero y los pagos de Villaester de Arriba y Villaester de Abajo, del
término municipal de Pedrosa del Rey

 Una solicitud de registro de un nombre con arreglo al artículo 50,
apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento
Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos
agrícolas y alimenticios.

La publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud en el plazo de
tres meses a partir de la fecha de la misma.

Se refiere a la indicación geográfica protegida cerdo de Teruel, que se
aplica a la carne de animales de la especie porcina, con las siguientes
características:
– es una carne de color rojo-rosáceo y presenta infiltración de grasa
intramuscular,
– al consumo, es una carne jugosa, tierna y de sabor suave.

La zona geográfica de producción de cerdos (cría y cebo), sacrificio de
los animales y despiece para la separación de perniles y paletas de las
canales, corresponde a la provincia de Teruel.

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