El DOUE de 28 de abril publica la Decisión de Ejecución (UE) 2023/872 de la Comisión, de 20 de abril de 2023, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/2333, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la viruela ovina y la viruela caprina en España (El texto en lengua española es el único auténtico). Aplicable hasta el 31 de octubre de 2023.
La Decisión de Ejecución 2022/2333 se adoptó en el marco del Reglamento 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales, y establece medidas de emergencia para España en relación con brotes de viruela ovina y viruela caprina que se detectaron en las regiones de Andalucía y Castilla-La Mancha, en estos momentos solo esta última.
Concretamente, la decisión anterior dispone que las zonas de protección y de vigilancia y las zonas restringidas adicionales que debe establecer España a raíz de los brotes de viruela ovina y viruela caprina deben comprender, como mínimo, las áreas que figuran en el anexo de la misma.
Además de las zonas de protección y de vigilancia, se estableció una zona restringida adicional, en las que se exige a España que aplique determinadas medidas en relación con las restricciones para el desplazamiento de ovinos y caprinos fuera de esa zona, con el fin de evitar la propagación de la enfermedad al resto de su territorio y al resto de la UE.
Tras la adopción de la Decisión de Ejecución 2022/2333, España notificó a la Comisión Europea (CE) ocho brotes adicionales de viruela ovina y viruela caprina en establecimientos en los que se mantenían ovinos o caprinos, situados en la región de Castilla-La Mancha. Como consecuencia de ello, las áreas que figuran como zonas de protección y de vigilancia y zonas restringidas adicionales para España en el anexo de la Decisión de Ejecución 2022/2333 fueron modificadas de nuevo, y la última modificación de dicho anexo se realizó mediante la Decisión de Ejecución 2023/836 de la Comisión.
Desde la fecha de adopción de la Decisión de Ejecución 2023/836, España ha notificado a la CE un brote adicional de viruela ovina y viruela caprina en establecimientos en los que se mantenían ovinos o caprinos, en la región de Castilla-La Mancha, concretamente en la provincia de Ciudad Real, dentro de la zona de protección ya establecida en dicha región.
Por tanto, las áreas enumeradas como zonas de protección y de vigilancia y zonas restringidas adicionales para España que figuran en el anexo de la Decisión de Ejecución 2022/2333 deben modificarse de nuevo, desde el punto de vista espacial y temporal, teniendo en cuenta la actual situación epidemiológica en la región de Castilla-La Mancha.
Además, habida cuenta de dicha situación epidemiológica, es necesario establecer medidas más estrictas en relación con los desplazamientos de ovinos y caprinos mantenidos en las zonas de protección o de vigilancia, a fin de evitar la propagación de la enfermedad al resto del territorio de España y al resto de la UE. A tal fin, los desplazamientos de ovinos y caprinos mantenidos en las zonas de protección o de vigilancia solo deben permitirse cuando se realicen a un matadero para el sacrificio inmediato de los animales dentro de la misma zona de protección o de vigilancia, respectivamente, que aquella en la que se sitúa el establecimiento de origen. Además, es necesario garantizar que los ovinos y caprinos que vayan a desplazarse sean sometidos previamente a una inspección clínica, a fin de confirmar que no hay sospechas de presencia de la enfermedad, y los medios de transporte deben limpiarse y desinfectarse antes y después del transporte e incluir únicamente ovinos y caprinos de la misma situación sanitaria y que se hayan mantenido en el mismo establecimiento.
Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.