El DOUE de 8 de mayo publica la Decisión (PESC) 2023/927 del Consejo, de 5 de mayo de 2023, sobre una medida de asistencia con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas ucranianas mediante el suministro de munición. Entra en vigor el día de su adopción, siendo aplicable a partir del 20 de marzo de 2023.
El objetivo de la medida de asistencia es contribuir a reforzar las capacidades y la resiliencia de las Fuerzas Armadas ucranianas para defender la independencia, la soberanía y la integridad territorial de Ucrania y proteger a la población civil de la agresión militar en curso, mediante el suministro de disparos de artillería de calibre 155 mm, así como, si así se solicita, de misiles, adquiridos de forma conjunta de la industria europea de defensa de la forma más rápida posible.
Para alcanzar el objetivo anterior, la medida de asistencia financiará el suministro a las Fuerzas Armadas ucranianas de disparos de artillería de calibre 155 mm, así como, si así se solicita, de misiles. Tales municiones y misiles se adquirirán conjuntamente a agentes económicos establecidos en la UE o en Noruega que produzcan municiones y misiles en la UE o en Noruega.
Las municiones y misiles para los que una parte importante de la fase de fabricación, consistente en el montaje final, se haya realizado en la UE o en Noruega también se considerarán admisibles. Las cadenas de suministro de estos operadores podrán incluir operadores que estén establecidos o que tengan su producción fuera de la UE o de Noruega. A este respecto, se tendrán en cuenta los intereses de seguridad y defensa de los Estados miembros. Las adquisiciones conjuntas que se realicen en virtud de la medida de asistencia serán efectuadas por los ministerios de defensa de los países implicados, dentro de los parámetros definidos en el contexto de un proyecto existente de la Agencia Europea de Defensa o a través de proyectos complementarios de adquisición conjunta dirigidos por un Estado miembro.
La duración de la medida de asistencia será de 56 meses a partir de la fecha de adopción de la decisión.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la medida de asistencia será de 1.000 millones €.
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