El Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) firmado hoy por los agentes sociales, además de fijar la senda salarial hasta 2025, reserva también un papel más destacado a las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social en dolencias de origen no laboral. Así, el documento reclama al Gobierno la firma de acuerdos que permitan a estas Mutuas realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores en la especialidad de traumatología, según reza el texto firmado hoy por la empresarial CEOE-Cepyme y los sindicatos Comisiones Obreras (CCOO) y UGT.
En el citado documentos, los empresarios y los sindicatos expresan su “preocupación” por la gran cantidad y frecuencia de las bajas laborales derivadas de enfermedad común; conocidas en el argot como incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias comunes.
Por este lado, y a fin de aliviar por un lado las listas de espera que soportan los pacientes del Sistema Nacional de Salud; los empresarios y los sindicato llaman a aprovechar los recursos de estas Mutuas. Y reclaman a los negociadores de convenios colectivos “fijar líneas de actuación” a fin de que se “reduzcan el número de procesos y su duración” de estas IT por contingencias comunes.
Piden para ello a las Administraciones la firma de convenios con estas Mutuas, que permita a los organismos privados “realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores en procesos de incapacidad temporal (IT) con contingencias comunes de origen traumatológico”; aunque “sin modificar las actuales competencias de los servicios públicos de salud y con plena libertad de la persona trabajadora”, advierten.
Plazo máximo de inactividad de los fijos discontinuos
El documento, que fija los incrementos salariales para el trienio de 2023 a 2025, atiende además a otras cuestiones, como el desarrollo de las posibilidades del contrato fijo discontinuo; después de que la última reforma laboral potenciara este contrato como instrumento para luchar contra la temporalidad injustificada.
En este sentido, las cúpulas sindicales y patronales recomiendan a sus negociadores de convenios colectivos que incluyan en estos pactos un desarrollo del contrato fijo discontinuo, tal y como prevé la citada reforma laboral, que incluya la determinación de criterios objetivos y formales que rijan el llamamiento de estos trabajadores intermitentes por parte de las empresas.
En el caso de los convenios sectoriales, y cuando se trate de contratas y subcontratas, estos pactos deberían fijar el plazo máximo de inactividad de los trabajadores entre contratas y subcontratas, indica el documento.
En todo caso estos convenios sectoriales deberán también determinar un período mínimo de llamamiento anual, así como la cuantía por fin de llamamiento, si los trabajos de la empresa se interrumpen en el tiempo; así como la creación de una bolsa sectorial de empleo que recoja los nombres de estos fijos discontinuos.
Entre las muchas materias incluidas en el acuerdo, destacan además, en materia de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), la petición de priorizar como mecanismo de ajuste en las empresas cuando vienen mal dadas, medidas de reducción de jornada, en lugar de suspensiones de contratos.
Por lo que hace al teletrabajo, entre otras consideraciones, las cúpulas de CEOE y Cepyme y de CCOO y UGT reclaman a sus negociadores de convenios colectivos la “identificación de los puestos de trabajo y funciones susceptibles de trabajo a distancia”.
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