La UE apuesta por el reconocimiento mutuo automático en la educación y la formación

26/05/2023

diarioabierto.es. Una cualificación que dé acceso a un nivel de educación superior en el Estado miembro debe servir también en otro país perteneciente a la Unión Europea.

El DOUE de 26 de mayo publica:

  • Resolución del Consejo sobre el Espacio Europeo de Educación: con miras a 2025 y más allá.
  • Conclusiones del Consejo sobre nuevas medidas para hacer realidad el reconocimiento mutuo automático en la educación y la formación.

Este comentario se centra en estas últimas, que invitan a los Estados miembros a que, teniendo debidamente en cuenta la autonomía institucional y la libertad académica, y de conformidad con las circunstancias y la legislación nacionales:

  • Consoliden e intensifiquen sus esfuerzos para lograr el reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones y de los períodos de aprendizaje en el extranjero en sus respectivos sistemas de educación y formación.
  • Adopten una actitud de acuerdo con la cual una cualificación que dé acceso a un determinado nivel de educación superior en el Estado miembro en el que se haya concedido sirva para que se reconozca automáticamente el derecho a acceder al mismo nivel de educación superior en otro Estado miembro, sin perjuicio del derecho de una institución de educación superior a establecer criterios de admisión específicos para programas concretos, con el fin de permitir la movilidad de la ciudadanía en toda la UE.
  • Apoyen a las instituciones de educación superior en la aplicación del reconocimiento mutuo automático, en particular proporcionando directrices claras y la formación pertinente. Apoyen a las instituciones de educación superior para que proporcionen enfoques nacionales coherentes, en aquellos casos en que dichas instituciones sean responsables del reconocimiento mutuo automático.
  • Aseguren que la garantía externa de la calidad en la enseñanza superior sea llevada a cabo por agencias independientes de garantía de la calidad registradas en el EQAR (Registro Europeo de Agencias de Garantía de la Calidad de la Enseñanza Superior) y que operen de conformidad con las Normas y Directrices Europeas en materia de Garantía de la Calidad para promover la transparencia y, de este modo, impulsar la confianza recíproca en el reconocimiento mutuo automático.
  • En el contexto de la educación secundaria postobligatoria, incluida la EFP (Educación y formación profesionales), se centren en los resultados del aprendizaje y sigan desarrollando los instrumentos de garantía de la calidad existentes en consonancia con el EQAVET (Marco de Referencia Europeo de Garantía de la Calidad en la Educación y Formación Profesionales), con el fin de permitir el reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones y los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero.

Espacio Europeo de Educación y Espacio Europeo de Educación Superior

  • Impulsen las sinergias dentro del Espacio Europeo de Educación y el Espacio Europeo de Educación Superior para asegurarse de que se refuerzan mutuamente, con el fin de promover entornos transparentes para los procesos de reconocimiento mutuo automático.
  • En este contexto, aseguren que se aprovechan plenamente los instrumentos del proceso de Bolonia y de la UE, según proceda, para facilitar el reconocimiento mutuo automático en la enseñanza superior. En el ámbito de la formación profesional, faciliten el reconocimiento mutuo automático mediante el uso de los instrumentos del Proceso de Copenhague, según proceda. Estos instrumentos incluyen, entre otros, el ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos), las Normas y Directrices Europeas en materia de Garantía de la Calidad, la DEQAR (base de datos de resultados de garantía de calidad externa), el MEC (Marco Europeo de Cualificaciones), la base de datos Q-Entry, las credenciales digitales europeas para el aprendizaje, el modelo europeo de aprendizaje, Europass, el Suplemento Europeo al Título, la Carta Erasmus de Educación Superior, el suplemento de movilidad Europass, el suplemento del certificado Europass o la iniciativa de la tarjeta europea de estudiante, así como otros instrumentos desarrollados con el apoyo del programa Erasmus+ y los derivados del proceso de Bolonia.
  • Cooperen a escala de la UE para intercambiar las mejores prácticas y apoyar el aprendizaje entre iguales y el intercambio de información a fin de generar confianza y transparencia entre los sistemas de educación y formación e impulsar el reconocimiento mutuo automático en la enseñanza superior, en particular a través de las alianzas de universidades europeas, así como en la educación secundaria postobligatoria, en particular a través de los centros de excelencia profesional.
  • Apoyen la promoción y difusión de información pertinente sobre los procedimientos de reconocimiento mutuo automático entre todos los agentes y partes interesadas, como los alumnos, las instituciones de educación superior, los proveedores de educación secundaria postobligatoria, incluidos los proveedores de EFP, los NARIC (red de Centros Nacionales de Información sobre el Reconocimiento Académico) y las agencias de garantía de la calidad. Esto permitirá a los ciudadanos y alumnos comprender las posibilidades que les ofrece el reconocimiento mutuo automático para estudiar en el extranjero y apoyar un enfoque coherente por parte de las autoridades competentes en materia de reconocimiento.
  • Consideren, en este contexto, el reconocimiento del aprendizaje previo y la permeabilidad entre los sectores de la educación y la formación, en particular promoviendo las transferencias entre la EFP y la educación superior, si procede y teniendo en cuenta los niveles de educación, para evitar callejones sin salida y facilitar el pleno aprovechamiento de las oportunidades de movilidad.
  • Sigan apoyando a los NARIC y estudien formas adecuadas de mejorar el seguimiento y la evaluación de los sistemas de reconocimiento, haciendo uso de los conocimientos especializados de los NARIC y de otros organismos e instituciones competentes cuando proceda, con el fin de determinar si es necesario adoptar nuevas medidas.
  • Fomenten la cooperación entre los responsables de la toma de decisiones en materia de reconocimiento y los NARIC para evitar incoherencias y hacer que el reconocimiento mutuo automático sea más eficaz y eficiente en el uso de los recursos, así como para aplicar correctamente las herramientas e instrumentos creados. Con este fin, pueden resultar útiles la autoevaluación y la revisión interpares de los NARIC en consonancia con el sistema voluntario de garantía de calidad de la Red Europea de Centros de Información sobre Reconocimiento de Estudios y Movilidad y la red NARIC.
  • Participen en iniciativas de cooperación transfronterizas basadas en la confianza, beneficiosas para todas las partes y generosas destinadas a mejorar y apoyar las oportunidades de movilidad, en particular los períodos de aprendizaje de larga duración en el extranjero en la educación secundaria postobligatoria. Deben realizarse esfuerzos adicionales para facilitar los intercambios entre el personal, las instituciones, las autoridades y otros agentes pertinentes. En este contexto, debe hacerse un mayor uso del programa Erasmus+ y de otros fondos y programas pertinentes de la UE para mejorar la cooperación y los intercambios.

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