El DOUE de 2 de junio publica la Comunicación de la Comisión por la que se modifican el apartado 188 y los anexos I y IV de las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional en relación con la revisión intermedia de los mapas de ayudas regionales para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2027.
En lo que se refiere a España:
- Murcia figura entre las regiones NUTS 2 que podrán clasificarse como zonas «a» con una intensidad máxima de ayuda del 30%,
- Extremadura, Andalucía, Melilla y Canarias están entre las regiones NUTS 2 que podrán proponerse para una intensidad máxima de ayuda más elevada, del 40%, excepto Canarias, donde es el 60%,
- Como otras zonas «a» figuran en el anexo 1 Castilla-La Mancha [Zona poco poblada de Cuenca] y Ceuta.
Los Estados miembros podrán sustituir las zonas «c» no predeterminadas existentes por nuevas zonas propuestas hasta el 50% de la cobertura de la zona «c» no predeterminada ajustada de cada Estado miembro o, si no se ha ajustado, hasta el 50% de la cobertura de la zona «c» no predeterminada existente, y también podrán proponer un aumento de la intensidad máxima de ayuda de sus zonas «c» no predeterminadas existentes si las estadísticas actualizadas sobre el PIB per cápita o sobre el desempleo indican un derecho a una intensidad de ayuda más elevada.
Como Zonas “c” predeterminadas (antiguas zonas “a”) figura en el anexo 1 Murcia y como zonas poco pobladas Teruel y Soria.
La Comisión Europea permite que los Estados miembros puedan basarse en los datos sobre pérdida de población del período 2010-2019 para el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2027.
Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.