Declarando explica cómo los autónomos pueden deducir gastos de vacaciones

25/07/2023

Declarando. Todos los gastos deberán guardar relación con la actividad económica y estar debidamente justificados con factura y registro contable.

Declarando, la plataforma online de asesoramiento fiscal para los autónomos, aclara en qué supuestos los miembros de este colectivo pueden deducirse determinados gastos que se produzcan durante el periodo estival de vacaciones.

Hay que tener en cuenta que, en muchas ocasiones, estos profesionales aprovechan sus desplazamientos para mantener reuniones con clientes o ejecutar determinadas tareas, como confirma Marta Zaragozá, CEO de Declarando.

“En no pocas ocasiones, los viajes que los autónomos planifican para sus vacaciones incluyen también reuniones o asuntos de trabajo. Por esa razón, en función de las características y las condiciones de este tipo de desplazamientos, los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse una serie de gastos, lo que les permitirá ahorrar alguna cantidad de dinero en su factura final con el fisco”, explica.

Según la Ley del Impuesto del Valor Añadido, el IVA soportado en los gastos de viaje puede ser deducible siempre que se cumplan tres requisitos:

  1. Los autónomos deben conservar las facturas originales completas

Es importante guardar las facturas originales de todos los gastos relacionados con el viaje, ya que son el único justificante válido de cara a Hacienda. Asimismo, Declarando recuerda que no bastará con presentar tickets para esta justificación.

  1. Los gastos deben tener una vinculación directa con la actividad económica

Para poder deducirse cualquier gasto, es imprescindible que éste guarde relación directa con la actividad profesional. Esto quiere decir que los gastos deben tener un propósito comercial o estar asociados a reuniones, conferencias o cualquier actividad que guarde relación con el trabajo.

  1. Es necesario disponer de justificación documental y registro contable

Todos los gastos que los autónomos vayan a deducirse deben estar debidamente justificados documentalmente y registrados en la contabilidad profesional del trabajador. Además de esto, es recomendable guardar emails u otras pruebas que demuestren que el viaje se realizó por motivos laborales.

Alojamientos, dietas y gastos de representación y vestuario

Entre los gastos más habituales que los autónomos podrán deducirse durante sus vacaciones figuran las dietas: “Para deducir los gastos de un bar o restaurante, es necesario justificar que el gasto está relacionado, por ejemplo, con una reunión mantenida con un cliente en un bar”, recuerda Marta Zaragóza, y recuerda que para poder aplicar la deducción, Hacienda exige el pago electrónico de estos gastos, por lo que será necesario utilizar tarjeta de crédito o débito.

Otros gastos deducibles habituales, siempre que estén debidamente justificado, son los relacionados con los gastos de representación, los gastos de vestuario específicamente adquiridos para el viaje o los gastos de alojamiento, en caso de pernoctar en el lugar de destino debido a motivos laborales.

Por último, Marta Zaragozá recuerda que, a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos no pueden deducirse los gastos de kilometraje: “Sólo los autónomos societarios, que tienen una relación laboral con su propia sociedad, podrán solicitar desde la reciente reforma del Gobierno una deducción de 0,26€/km por los gastos de kilometraje, que hasta ahora había sido de 0,19€/km, lo que supone un importante beneficio fiscal para los autónomos”, concluye.

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