El veto a la Superliga viola el Derecho de la UE, según el TUE

21/12/2023

diarioabierto.es. "Las facultades de la FIFA y de la UEFA no están sujetas a criterios que garanticen su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado”.

“Las normas de la FIFA y de la UEFA sobre la autorización previa de las competiciones de fútbol de clubes, como la Superliga, violan el Derecho de la Unión”. Es la contundente respuesta del Tribunal General de la Unión Europea (TUE). En la sentencia queda muy claro que «las facultades de la FIFA y de la UEFA no están sujetas a ningún criterio que garantice su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado”.

Las competiciones de fútbol de clubes y la explotación de los derechos que generan son, “claramente, actividades económicas”, por lo que «deben respetar las normas en materia de competencia y las libertades de circulación, a pesar de que el deporte, como actividad económica, presente ciertas características específicas, como la existencia de asociaciones dotadas de facultades normativas, de control y sancionadoras”.

Esas “características específicas” deben ser ejercidas con proporcionalidad porque “cuando una empresa en posición dominante tiene la facultad de determinar en qué condiciones pueden entrar en el mercado empresas potencialmente competidoras, esta facultad, habida cuenta del riesgo de conflicto de intereses que genera, debe ir acompañada de criterios que permitan garantizar su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado”, explica la sentencia del TUE.

“Las facultades de la FIFA y de la UEFA no están sujetas a ningún criterio de esta naturaleza. En consecuencia, la FIFA y la UEFA están abusando de su posición dominante”, subrayan los jueces del TUE.

“Las normas de autorización, de control y sancionadoras, habida cuenta de su carácter arbitrario, deben ser calificadas de restricción no justificadas”, insiste.

Como las cuestiones prejudiciales que planteó el juez de lo mercantil de Madrid, Manuel Ruiz de Lara, son genéricas, el TUE no se pronuncia si “una competición como la del proyecto de la Superliga no debe ser necesariamente autorizada”, pero deja muy claro que las reglas con las que fue vetado violan el Derecho comunitario.

Un proyecto presentado en abril de 2021

La Superliga fue presentada en abril de 2021 por Real Madrid, FC Barcelona (los dos único clubes que siguen con el proyecto), Atlético de Madrid, Inter, Milan, Juventus, Arsenal, Liverpool, Tottenham, Chelsea, Manchester City, y Manchester United. Dos días después el juzgado de lo Mercantil nº17 de Madrid ordenó de forma cautelar a FIFA y UEFA que se abstuvieran de sancionar a sus promotores, ya que tienen una posición de monopolio.

El titular del juzgado, Manuel Ruiz de Lara, elevó seis cuestiones prejudiciales al TUE. El abogado general de la UE, Athanasios Rhantos, defendía que «las normas de la FIFA y de la UEFA que supeditan la creación de cualquier nueva competición a una autorización previa son compatibles con el Derecho de la Unión en materia de competencia. Habida cuenta de las características de la competición proyectada, los efectos restrictivos derivados del sistema de autorización previa son inherentes y proporcionados para alcanzar los objetivos legítimos perseguidos por la UEFA y la FIFA asociados al carácter específico del deporte”.

Pero el TUE opina de otra manera y acusa a FIFA y a UEFA de abuso de posición dominante al vetar la Superliga.

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