El Constitucional anula la reforma del Impuesto de Sociedades de Montoro pero limita las devoluciones

18/01/2024

diarioabierto.es. El Gobierno de Mariano Rajoy estimó que la modificación del impuesto de Sociedades ayudaría a recaudar unos 4.650 millones€ únicamente en 2016.

El Tribunal Constitucional anula la reforma que llevó a cabo el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro en 2016 del Impuesto de Sociedades para endurecer las deducciones previstas para las grandes empresas, y aumentar la recaudación para poder cumplir con el déficit público. Argumenta que se ha incumplido el deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos, establecido en el artículo 31.1 de la Constitución.

La sentencia, cuyo ponente ha sido César Tolosa y que cuenta con un voto particular de Enrique Arnaldo Alcubilla (comparte la fundamentación y el fallo, pero no la modulación de los efectos de la nulidad), además de la abstención y ausencia en las deliberaciones de Juan Carlos Campo, exministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez, limita sus efectos.

Siguiendo la doctrina fijada con la plusvalía municipal, declara que los contribuyentes no pueden exigir o reclamar la devolución del Impuesto de Sociedades por esta sentencia. Solamente podrán revisarse aquellas liquidaciones que ya estaban en fase de rectificación, por vía administrativa o judicial antes del pronunciamiento del Tribunal Constitucional, y que no hayan adquirido firmeza.

De esta forma, se evita una avalancha de reclamaciones. El Gobierno de Mariano Rajoy estimó que la modificación del impuesto de Sociedades ayudaría a recaudar unos 4.650 millones€ únicamente en 2016.

El Constitucional inició el examen del caso en julio de 2023 tras admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

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