El Instituto Nacional de Estadística (INE) acaba de confirmar que la inflación subió un 3% en noviembre, el dígito que se toma de referencia para calcular las pensiones del próximo año y que, según el propio Ministerio de Seguridad Social, supone que el incremento de las pensiones será del 2,7%.

Gráfico: INE
Por tanto, una vez aplicada la fórmula de revalorización recogida en la Ley de reforma de las pensiones por la que se tiene en cuenta, como referencia para determinar la subida de estas prestaciones, el IPC interanual promedio de doce meses (de diciembre del año anterior a noviembre del ejercicio en vigor), las pensiones contributivas subirán un 2,7%.
Este incremento significa que cada pensión media de jubilación se incrementará 570 euros en 2026 y 500 euros en el caso de la pensión media del sistema. El ministerio que dirige Elma Saiz pone como ejemplo que una pensión de 1.511,51 mensuales (es la pensión media de jubilación de 2025) pasará a ser de 1.552,32 euros cada mes 2026.
Para la ministra Elma Saiz, “la revalorización de las pensiones es un derecho de nuestros pensionistas. Así, con la publicación del dato definitivo del IPC de noviembre, se asegura un año más el mantenimiento del poder adquisitivo de 9,4 millones de pensionistas”.
Este incremento beneficiará a los cerca de 9,4 millones de personas que reciben 10,4 millones de pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social. Las 734.900 pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado también se revalorizarán conforme al mismo índice.
La Ley 21/2021, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, que materializó el acuerdo previo alcanzado entre el Gobierno y los interlocutores sociales y dio cumplimiento a la 2ª Recomendación del Pacto de Toledo de “Mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones”, estableció la revalorización de las pensiones conforme al IPC medio interanual calculado entre diciembre del año anterior (2024) y noviembre del año en curso (2025). De ahí que la ministra Saiz hable de que es «un derecho de nuestros pensionistas», y defienda un «sistema de protección fuerte, donde es clave mantener la estabilidad y suficiencia económica de nuestros pensionistas”.
La inflación se moderó una décima en noviembre
La evolución de las pensiones el próximo año, dependen del IPC de noviembre y en el penúltimo mes del año el INE ha confirmado que subió un 3%, lo que supone una décima menos que en octubre debido al descenso del precio de la luz.
No obstante, la inflación sigue estando elevada porque todavía siguen al alza los precios de los alimentos y de las bebidas no alcohólicas, además de los carburantes y de los paquetes turísticos, una situación reconocida por el Ministerio de Economía, que también reconoce que la inflación subyacente (sin energía ni alimentos no elaborados) también creció una décima, hasta el 2,6%.
El lado positivo del dato del IPC de noviembre es que ese descenso de una décima rompe con la tendencia al alza de los meses de verano, que desembocaron en que la inflación llegara a su nivel más alto en octubre, cuando se alcanzó el 3,1%. El dígito más alto de los últimos 16 meses.
La conclusión para el INE y también para el Ministerio de Economía es que los precios bajaron esa décima en el penúltimo mes del año por el coste más bajo de la luz en comparación con la subida que experimentaron en noviembre del año pasado. La repercusión sobre la rúbrica de vivienda de la bajada de la electricidad ha supuesto que se sitúe en el 5,7% en tasa interanual, lo que supone 1,8 puntos menos.
Otros datos que comienzan a ser preocupantes, dentro del grupo de alimentos, cuya tasa se situó en el 2,8% en noviembre, es la subida de los precios de aceites y grasas, leche, y queso y huevos.
Pero también subieron en noviembre los precios del grupo de ocio y cultura, con una tasa del 1,2%, empujados por los paquetes turísticos.
El INE también ha confirmado que la inflación subyacente (sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) aumentó una décima en noviembre, hasta el 2,6%, su valor más alto desde diciembre de 2024, cuando se situó también en el 2,6%.
En cuanto a la evolución mensual de la inflación (comparada con octubre de este año), el IPC subió un 0,2%, cinco décimas menos de lo que aumentó el mes anterior. Este incremento mensual de los precios en noviembre se debió al encarecimiento del vestido y el calzado en un 4% por la entrada de la temporada de invierno; del incremento en el transporte en un 0,5% por el aumento de los precios de los carburantes y lubricantes para vehículos personales, y de los alimentos, cuyos precios avanzaron un 0,3% por el mayor coste de la leche, el queso, los huevos y la carne.
Por contra, el grupo de hoteles, cafés y restaurantes recortó sus precios en el mes un 0,5% impulsado por el descenso de los precios de los servicios de alojamiento.
Por su parte, el IPC armonizado (IPCA) mantuvo su tasa interanual en noviembre en el 3,2%, y no experimentó variación en términos mensuales.
Como siempre, la evolución de los precios ha sido desigual en las comunidades autónomas. Los datos del INE confirman que las autonomías más inflacionistas, por encima de ese 3% de media, son en primer lugar la Comunidad de Madrid con un 3,7%, seguida por Ceuta (3,5), Comunidad Valenciana (3,4%), Baleares, Extramadura y País Vasco (las tres con un 3,2%), y Aragón y Castilla y León, con el 3,1% respectivamente.
El resto de las regiones quedó por debajo o igualó la media, destacando el 2,3% de subida de los precios en Canarias, el 2,4% de La Rioja o el 2,5% de la Región de Murcia.
El índice del alquiler, en el 2,29%
Por otro lado, y también relacionado con la evolución de los precios, el INE ha publicado el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler, que se situó en el 2,29% interanual en octubre, su valor más alto desde el inicio de la serie, en noviembre de 2024.

Gráfico: INE
Con el dato de noviembre, este índice acumula seis meses consecutivos por encima del 2% tras situarse en el 2,25% en octubre, el 2,22% en septiembre, el 2,19% en agosto, el 2,15% en julio y el 2,10% en junio.
Los contratos de alquiler que vayan a actualizar su renta a partir de este año y que hayan sido firmados desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deberán usar este nuevo índice que creó el INE para revisar su anualidad.
Este índice se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, que será el que marcará el precio al que se revalorizarán los contratos de arrendamiento firmados después de mayo de 2023. Dicho índice considera conjuntamente el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias entre las tasas de crecimiento anual tanto del IPC como de la inflación subyacente de cada mes, y un parámetro, definido a propuesta de la Dirección General de Política Económica, que guarda relación con el crecimiento esperado a largo plazo de dicho índice.
A esos datos se suma un coeficiente moderador definido a propuesta conjunta de la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en consideración a las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda.
De esta manera, el índice de referencia que se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda será el mínimo valor entre la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual de la inflación subyacente y la tasa de variación anual media ajustada, elaborada según lo previsto en la metodología aprobada.
Siguiendo esta fórmula, en 2024 la actualización de las anualidades del alquiler estuvo limitada de manera extraordinaria al 3% por el incremento de los precios derivados de la guerra de Ucrania. Sin embargo, este límite no ha sido el único tope que el Gobierno ha aprobado como respuesta a la crisis inflacionaria por la guerra de Ucrania. El Ejecutivo ya limitó a través de un Real Decreto-Ley la actualización anual de los contratos de arrendamiento para 2022 y 2023 en función del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que está topado al 2% y nunca podrá ser inferior al 0%.
Para los contratos firmados antes de mayo de 2023
Y para los contratos que hayan sido firmados antes de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, es decir, firmados antes de mayo de 2023, seguirán actualizando su renta anual con el dato del IPC o IGC, según conste en el contrato de alquiler firmado.
Según precisaron fuentes del Ministerio de Vivienda a Europa Press, en función de lo que los inquilinos hayan firmado en los contratos de alquiler previos a mayo de 2023, la revalorización anual de esta renta se hará usando el dato de la inflación a fecha de cada actualización o el IGC, que nunca podrá ser superior al 2%.
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