La decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar del voto a las personas nacionalizadas por la llamada “Ley de Nietos», decisión por goleada de cinco a uno no sólo garantiza la pureza del voto y la limpieza de las elecciones, sino que supone el freno al intento gubernamental de manipulación del censo electoral.
Porque “derecho a voto y nacionalidad no van juntos”. La frase rotunda y definitoria es del ex alto representante de la Unión Europea para Política Exterior y ex ministro del sanchismo, Josep Borrell, nada sospechoso, por tanto, de low fare, conjuras de la ultraderecha o de “lobos solitarios”. «No van juntos, no van juntos”, insistía Borrell durante una reciente entrevista para apostillar que “hay países en Europa que distinguen claramente entre la nacionalidad y el derecho al voto”. Y, efectivamente, en la Unión Europea hay millones de ciudadanos europeos a los que su pasaporte no les asegura poder votar desde el extranjero, debido a requisitos, registros y exclusiones poco conocidos. Limitaciones al derecho al voto para los nos residentes en el país donde se celebran las elecciones que han sido avaladas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Así, en Alemania el derecho al voto está intrínsecamente relacionado con la nacionalidad alemana al participar en elecciones federales y regionales. Vivir muchos años en el país, abonar impuestos o tener una residencia permanente no otorgan automáticamente el derecho a votar a aquellos que no poseen un pasaporte alemán.
En el Reino Unido es necesario demostrar una dirección anterior en el país, lo que complica a quienes emigraron desde hace años. Además, el voto por correo está sujeto a plazos estrictos, especialmente en países con servicios postales lentos y en las elecciones locales y algunas consultas específicas siguen dependientes de la residencia efectiva en territorio británico
Mientras que en Suecia un residente en el extranjero sigue teniendo derecho a votar en elecciones al Parlamento nacional y en las elecciones europeas, aunque sólo tienen derecho a votar aquellos que sean ciudadanos suecos, hayan estado inscritos alguna vez en el Registro de Población y hayan cumplido 18 años antes de la fecha de la elección.
Asimismo, en Dinamarca, Irlanda, Malta o Chipre, los ciudadanos pierden el derecho al voto cuando residen fuera del país durante un plazo que va desde los seis meses en Chipre y Malta, hasta los dos años en Dinamarca.
Es por eso que resulta falaz, interesado y embustero el llanto y crujir de dientes del gobierno, sus voceros y sus asociados cuando reniegan y abominan de la decisión del Supremo de suspender de manera cautelar la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de las personas que obtuvieron la nacionalidad española a raíz de la Ley de Memoria Democrática, salvo que acrediten su condición de descendientes de españoles que sufrieron exilio por la Guerra Civil y la dictadura franquista.
Los mismos que ahora recurren a una práctica de filibusterismo parlamentario intentan colar la instrucción de la ley de nietos en la de Educación utilizando la primera ley orgánica que cierra plazo de enmiendas para blindar la presunción de exiliado e invalidar el auto del Supremo convirtiendo la memoria histórica en una memoria histérica cuya única intención es alterar el censo para propiciar un masivo fraude electoral.
Un fraude electoral que viene precedido de un fraude de ley porque, recordemos, fue Sofía Puente, la hermana del mamporrero ministro de Transporte, quién durante su etapa como directora general de Seguridad Jurídica, cargo dependiente del Ministerio de Justicia, amplió los requisitos previstos en la norma aprobada en el Congreso y la esencia de ésta, a sabiendas para conceder la nacionalidad no a quien sea hijo de un exiliado con motivo de la guerra civil o nieto de un exiliado sino a todo el que diga que su padre o su abuelo salió de España. Con el añadido de que los solicitantes ni siquiera tienen que presentar justificantes que demuestren la trayectoria vital de sus antepasados.
Y puestos a intentar remediar agravios de memoria democrática, lo que sería urgente y prioritario es devolver el derecho a voto de los exiliados a la fuerza en el País Vasco para no ser extorsionados, secuestrados y asesinados por los terroristas de ETA. Una reparación justicia humana y democrática que se intentó en 2021 mediante una modificación legislativa que fracasó por el voto en contra de Sánchez y el PSOE en el Parlamento, sometidos a los caprichos y las órdenes de EH Bildu. Sepulcros blanqueados.
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