El Tribunal Supremo ha señalado que considera aplicable la ley de amnistía al expresidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, a la vez que ha confirmado su decisión de levantar la orden de detención contra él.

Puigdemont, cada vez más cerca de regresar a España (foto de archivo)
Así lo ha acordado el magistrado instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, en un auto recogido por Europa Press, al entender extensible a su caso la doctrina sobre la concesión de la amnistía al delito de malversación fijada en la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a la exconsejera Dolors Bassa, según recoge la web de Europa Press.
Llarena, de esta forma, desestima el recurso de presentado por la acusación popular de Vox contra su decisión del pasado 6 de octubre, que dejó sin efecto provisionalmente dichas órdenes de detención contra Puigdemont y el exconsejero Toni Comín.
El instructor señala que la doctrina del Constitucional debe aplicarse, aunque no se compartan las razones en las que se apoya, sin que la discrepancia condicione o retrase el cumplimiento de lo resuelto por la corte de garantías.
Además, indica que este pronunciamiento se limita al alzamiento de las órdenes y no constituye «la conclusión de un sumario pendiente de determinados recursos, ni sustituye a la resolución definitiva sobre la extinción de la responsabilidad y el sobreseimiento que corresponda adoptar por el órgano competente».
En este sentido, Llarena recuerda que en el procedimiento ordinario ese pronunciamiento corresponde a la Sala de lo Penal del alto tribunal.
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