¿Es posible un ahorro fiscal con la nueva subida de impuestos?

31/01/2012

diarioabierto.es.

Aunque parezca mentira, aún queda una puerta abierta a la esperanza de cara a la optimización fiscal del patrimonio. Para los Financial Planners de Optima, el resultado de diferir la tributación hasta el 2014 podría suponer un importante ahorro fiscal.

Con el nuevo ejercicio es aconsejable replantearse la estrategia de inversión, como consecuencia de la medida adoptada en el último Consejo de Ministros del año que aprobó modificar los tipos impositivos que gravan la base del ahorro.

Esta nueva decisión de inversión debería llevarse a cabo en base a criterios financieros de rentabilidad/riesgo, pero sin olvidar el peso fiscal de los mismos y otras variables, como las comisiones, que inciden en el resultado final. Hasta el momento, las plusvalías generadas por los productos financieros tributaban los primeros 6.000 euros al 19% y a partir de los 6.000 euros hasta el 21%. Pero desde el 1 de enero, la tributación de la base del ahorro se ha elevado del siguiente modo: hasta los 6.000 euros, 21%; entre 6.000 y 24.000 euros, 25%; a partir de 24.000 euros, 27%. Las retenciones ascienden del 19% al 21%.

El propio Real Decreto Ley que recoge estas medidas contempla su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013; a día de hoy se desconoce si estas medidas continuarán vigentes o serán de nuevo modificadas, pero habría que centrarse en vehículos de inversión que concedan la posibilidad de diferir la tributación durante al menos los próximos dos años, con el fin de alcanzar una más eficiente planificación fiscal.

¿Qué tipo de vehículos de inversión conceden esta posibilidad? Entre otros, los Financial Planners de Optima han encontrado los siguientes:

Depósitos con liquidaciones a vencimiento 2014: con este tipo de depósitos se conseguiría diferir la tributación dos años, de forma que una vez llegada esta fecha debería volverse al tipo del 19%-21%. A la hora de mantener el dinero en el depósito, se deben sopesar los pros y contras entre el ahorro que se prevé alcanzar y la posible falta de liquidez. Si se opta por este tipo de producto y se rescata la inversión antes de la fecha, el inversor sufrirá una penalización por parte de la entidad y perderá los intereses.

Acciones: como no tributan hasta que no se proceda a su venta, es otro de los productos que permite diferir la tributación; sería buena idea cobrar los dividendos en forma de acciones, evitando así el aumento tributario que afectará en los próximos dos años.

Fondos de Inversión: estos productos permiten el diferimiento fiscal, por lo que el partícipe no tiene que tributar a menos que rembolse el capital. Además, le está permitido traspasar la inversión de un fondo a otro sin tener que pagar impuestos por los beneficios generados. Al mismo tiempo, al diferir el pago de impuestos, los beneficios se pueden reinvertir.

Pagarés con vencimiento posterior al 1 de enero de 2014: es otro de los productos financieros que gozan del beneficio del diferimiento. Estos valores, al igual que las Letras del Tesoro, son emitidos al descuento, por lo que la diferencia entre el importe obtenido en la venta o amortización del título y el pagado en el momento de su compra, tiene la consideración de rendimiento de capital, y como tal está sujeto al IRPF. En estos productos, por tanto, la retención es al vencimiento.

Venta de Vivienda: con un incremento de seis puntos, es la subida más pronunciada que va a llevarse a cabo con el nuevo Real Decreto Ley. La base del ahorro va a crecer hasta un 27% de los rendimientos y plusvalías, por lo que va a afectar a la venta de inmuebles que se realicen en estos dos ejercicios. Para aquellas personas que no tengan necesidades de liquidez, los Financial Planners de Optima recomendamos esperar hasta 2014 para proceder a la venta de bienes inmuebles, pues sería una forma de ahorrar esos seis puntos porcentuales; a no ser que la medida aprobada por el Gobierno no sea definitiva y los tipos impositivos vuelvan a la situación inicial.

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