El Gobierno potencia las ayudas para contratar a jóvenes y parados, y abarata el despido

10/02/2012

Luis Martínez. El Ejecutivo limita la indemnizacion por despido improcedente a 33 días, frente a los 45 actuales. Permitirá trabajar y cobrar una parte de la prestación por desempleo. Prohíbe encadenar contratos temporales y obliga a los empresarios a ofrecer formación a sus trabajadores.

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, presentó este viernes la tercera reforma de calado del Gobierno presidido por Mariano Rajoy. Una reforma que ha calificado de “histórica” y que pretende reducir la “rigidez” del mercado laboral español, otorgando mayores facilidades a las empresas en crisis para descolgarse el convenio. Además, la medida prevé abaratar el despido y una serie de ayudas a las empresas que contraten a jóvenes y parados de larga duración.

El Consejo de Ministros aprobó este viernes el real decreto ley que contiene la profunda reforma laboral que se esperaba. La norma entrará en vigor previsiblemente este mismo sábado, aunque el Gobierno pedirá su tramitación en las Cortes como proyecto de ley, a fin de que agentes sociales y otras fuerzas políticas puedan introducir enmiendas.

El Gobierno fija nuevos topes para las indemnizaciones por despido, sensiblemente más bajos. En los contratos indefinidos, el Gobierno establece un máximo de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades, en caso de despido improcedente, frente a los 45 días por año trabajado y 42 mensualidades actuales.

En el caso de los despidos procedentes, el Gobierno fija la indemnización en 20 días y en 12 mensualidades. Sin embargo, la reforma “respetará los derechos adquiridos”. Es decir no afecta a los trabajadores que tengan un contrato indefinido firmado antes de la entrada en entrada en vigor de la reforma.

Además, se crea un nuevo contrato indefinido para autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores. Este contrato, con un período de prueba de un año, prevé “potentes ayudas a la contratación”. En concreto, las empresas contarán con una desgravación de 3.000 euros en su cuenta fiscal al contratar a su primer trabajador, cuando sea menor de 30 años.
En este contrato, los trabajadores podrán compatibilizar el cobro de su salario con un 25 por ciento de la prestación por desempleo que les corresponda. El empresario, por su parte, podrá deducirse en su cuenta fiscal un 50 por ciento de una cantidad equivalente a la que venía cobrando el trabajador como prestación por desempleo

Más poder al empresario

En cuanto a flexibilidad interna, el Gobierno ofrecerá prioridad al convenio de empresa frente al de sector. Además, la norma facilitará la posibilidad de que el empresario puede modificar la jornada de trabajo, horario y salarios. Y facilitará el descuelgue a las empresas que, por una situación de crisis, no puedan aplicar el convenio colectivo, a fin de “salvar empleos” y que los empresarios puedan ajustar por la vía de salarios y no del despido, como hasta la fecha.

Si no hay acuerdo en la solicitud de descuelgue, la empresa podrá acudir al sistema de Resolución Extrajudicial de Conflictos, cuyo funcionamiento han pactado recientemente los agentes sociales. Si persiste el desacuerdo, la empresa podrá acudir a la Comisión Nacional de Convenios Colectivos, o a algún órgano autonómico similar, en caso de que el convenio sea de ámbito autonómico. Este órgano, compuesto por Administración, sindicatos y empresarios, nombrará un árbitro, que será al final quien decida sobre el descuelgue. “Damos un final al proceso de descuelgue. Pero es un final arbitrado”, afirmó Báñez.

El decreto ley limita además la ultraactividad o prórroga automática de los convenios, que podrá alargarse por un período máximo de dos años.

En cuanto al despido, el Gobierno ha aclarado en su reforma las causas para que el empresario pueda despedir por la vía del despido procedente, más barato. También elimina la autorización previa administrativa necesaria hasta ahora en el caso de expedientes de regulación de empleo (ERE), otra medida dirigida a abaratar los costes del despido.

En cuanto al despido por causas económicas, el decreto ley aclara este supuesto y establece como motivo de despido la existencia de tres trimestres seguidos con disminución de las ventas. También se incluyen otros supuestos que facultan al empresario para recurrir al despido procedente, como son las perdidas actuales o previstas.

Reorientar las bonificaciones

Por otra parte, el Gobierno bonificará con 3.600 euros la firma de contratos de fomento indefinido para jóvenes para menores de 30 años, y con 4.500 euros para parados de larga duración.

El Gobierno limita además el encadenamiento de contratos temporales. A partir del 31 de diciembre de este año, se prohíbe encadenar contratos temporales más alla de 24 meses.

Se modifica además el contrato a tiempo parcial para hacerlo “más flexible” y se regula por primera vez el teletrabajo, que tendrá derecho reconocido a la formación.

Por otro lado, la reforma faculta a las empresas de trabajo temporal (ETT) para funcionar como agencias de colocación. Además, se reforma el contrato de formación y aprendizaje con la intención de que los jóvenes puedan formarse en la propia empresa donde sean contratados. En principio servirá para jóvenes hasta los 30 años, hasta que la tasa de desempleo descienda por debajo del 15 por ciento. Una vez rebasado este objetivo, la edad máxima para firmar un contrato de formación y aprendizaje será de 25 años.

En cuanto a la prestación por desempleo, el Ejecutivo pretende acabar con el “fraude” y procurará un “estricto cumplimiento de la ley”. Los perceptores de la prestación podrán ser requeridos para realizar “servicios generales a la ciudadanía”, que se concretarán en posteriores convenios con comunidades autónomas y ayuntamientos.

La reforma crea además una nueva figura, la cuenta de formación, similar a la cuenta de la Seguridad Social y donde figurará toda la formación que el trabajador reciba a lo lago de su vida laboral. El empresario tendrá la obligación de facilitar al menos 20 horas de formación al año a cada trabajador.
Además, el decreto ley prevé medidas para luchar contra el absentismo laboral. En primer lugar, se desvinculará el absentismo y la media de cada empresa, como sucede en la actualidad. Otras medidas se concretarán en una Ley de Mutuas que se prevé aprobar a finales del primer trimestre de 2012.

En resumen, el Ejecutivo considera que la reforma ofrece “más seguridad jurídica” a las empresas que tengan intención de contratar y “potentes bonificaciones” para las empresas que se “atrevan” a contratar.

¿Te ha parecido interesante?

(+3 puntos, 5 votos)

Cargando...

Un pensamiento en “El Gobierno potencia las ayudas para contratar a jóvenes y parados, y abarata el despido

  1. Hola voy a abrir mi empresa el mes q viene y quiero contratar a un chico de 18 años en principio como aprendiz o practicas o parcial, q me saldria mejor de precio??hay alguna ayuda o bonificacion? gracias

Aviso Legal
Esta es la opinión de los internautas, no de diarioabierto.es
No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Su direcciónn de e-mail no será publicada ni usada con fines publicitarios.