Según ha informado en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), el auto dictado este lunes 27 de febrero supone la extinción de 2.597 contratos, que ya podrán acceder a la prestación por desempleo –hasta ahora tenían un permiso retribuido–, y reclamar al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) las indemnizaciones, dado que Spanair no puede afrontar este pago al no disponer de activos.
Las indemnizaciones establecidas suponen el pago de 20 días de salario por año trabajado con un tope de 12 mensualidades. Pero debido a que la aerolínea no tiene fondos ningún empleado cobrará más de 27.000 euros independientemente del sueldo que tuviera y de su antigüedad en la empresa.
En cuanto a las nóminas de enero y febrero, la administración concursal se ha comprometido a abonar un importe igual al doble del salario mínimo interprofesional para enero, y el importe completo de la nómina de febrero o un importe lineal similar al ya abonado en enero si la compañía dispone de efectivo suficiente y la tesorería lo permite.
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