La Administración será juez y parte en los despidos del personal del sector público

07/08/2012

Luis Martínez. Empleo concreta el reglamento de despidos colectivos y facilita la extinción de contratos de los empleados públicos.

La pérdida de un 10 por ciento del presupuesto será motivo suficiente para que empleados públicos de cualquier Administración pierdan su empleo. El Gobierno, en un borrador, ha concretado el procedimiento para llevar adelante despidos colectivos, no solo en este sector. Con tan breve margen, los sindicatos acusan a las  Administraciones de ser «juez y parte» a la hora de tramitar los despidos.

El Ejecutivo ha definido qué se entiende por «insuficiencia presupuestaria», la causa por la cual las Administraciones Públicas podrán despedir a su personal. Bastará con la reducción de un 10 por ciento de su presupuesto, ya sea en forma de disminución de  subvenciones, de transferencias de capital o de la aportación presupuestaria que reciben departamentos, consejerías, entidades locales, entes u otros organismos.

Sin embargo, conservar intacto el presupuesto tampoco será garantía para esquivar los despidos. Un simple acuerdo de no disponibilidad a mitad del ejercicio servirá para que las Administraciones tengan la posibilidad de iniciar los despidos.

La medida afecta especialmente al personal laboral de las Administraciones, unos 700.000 en todo el Estado. También apunta a los 142.000 asalariados contratados por empresas públicas, con más de un 50 por ciento de su capital público.

Los sindicatos piden endurecer los requisitos

El Ejecutivo ha enviado a los sindicatos el borrador del real decreto del reglamento que también la suspensión de contratos y la reducción de jornada, a través de expedientes de regulación de empleo (ERE).

En sus observaciones, los sindicatos piden que la causa para iniciar los despidos se eleve «al menos» hasta un 30 o 40 por ciento de reducción presupuestaria; «nunca del 10 por ciento», afirman.

También exigen a la Dirección General de Trabajo que se revisen dos ejercicios y no solo uno, como pretende el documento.

En caso contrario, lamentan, la Administración se convertirá en «juez y parte», al reservarse la facultad de decidir por dónde empiezan los despidos, con tan solo reducir un 10 por ciento el presupuesto de una entidad.

Además, aseguran que una vez que la Administración de turno opte por aplicar un despido colectivo, va a resultar «prácticamente imposible» dar marcha atrás a la decisión. Al contrario que en la empresa privada, se elimina toda posibilidad de negociación, lamentan.

Procedimiento de urgencia

Los sindicatos, que solo han tenido siete días para estudiar el real decreto y presentar sus observaciones, piden además a la Administración que tenga en cuenta el servicio que presta cada unidad, así como posibles alternativas.

En su opinión, el borrador adolece de la misma inconstitucionalidad que afecta a la reforma laboral. También critican al Gobierno por marginar a la Inspección de Trabajo en la tramitación de los ERE en el sector público.

Afirman además que el borrador vulnera el derecho a la negociación colectiva. Y creen, por último, que debería determinarse cuáles son los puestos de trabajo que sobran, y no el régimen laboral del trabajador que los presta (funcionarios o personal laboral).

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