Blesa, Fernández Ordóñez y Segura no serán imputados por las irregularidades de Bankia

05/10/2012

diarioabierto.es. El juez Fernando Andreu advierte que los querellantes presentaron su denuncia sin "ninguna concreción" sobre hechos que están todavía por determinar y "un incierto alcance penal".

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado imputar al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, al exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez y al presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura, en la causa que investiga las presuntas irregularidades cometidas en la gestión de la entidad Bankia.

El magistrado no ha aceptado, por el momento, la imputación que el solicitaba uno de los querellantes, Manos Limpias, aunque advierte en un auto, que la demanda fue presentada en primera instancia ante el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid que se inhibió a su favor por lo que será en el ámbito de la cuestión de competencia cuando se pronuncie «sobre si los hechos guardan relación con lo ya investigado».

El sindicato solicitaba al juez que investigara a estos dos ex altos cargos, al exconsejero de la entidad y expresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, y a los consejeros tanto de Caja Madrid como de Bankia durante las presidencias de Blesa y de Rodrigo Rato, por la presunta comisión de delitos societarios, de administración desleal, apropiación indebida, estafa, falsedad en documento mercantil e imprudencia grave en el control de las sociedades.

Créditos concedidos

Manos Limpias acusaba en su querella a Blesa de conceder un crédito doloso por importe de 26,6 millones de euros a Díaz Ferrán en el que figuraba como «garantía un holding empresarial que se encontraba en quiebra». La querella asegura también que Blesa concedió otro crédito irregular, en este caso al promotor inmobiliario Martinsa-Fadesa. Manos Limpias consideraba, además, que el exgobernador del Banco de España Fernández Ordóñez cometió una imprudencia grave «al no prestar la diligencia debida como órgano supervisor y de control».

El magistrado asegura en un auto  que el sindicato «presenta los hechos de una forma muy genérica y sin ninguna concreción» y pretende de este modo la ampliación del procedimiento «a cuestiones que no le son conexas, ni objetiva ni subjetivamente».

Además, asegura que Manos Limpias dirige la acción penal «sin ningún tipo de soporte fáctico, ni siquiera indiciario, de unos hechos que están todavía por determinar y de un incierto alcance penal».

A pesar de ello, el juez Andreu acepta la personación en la causa del sindicato bajo la condición de que actúe bajo la misma dirección y representación de una de las partes ya personadas, la formación Unión, Progreso y Democracia (UPyD).

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