Flavia Rodríguez-Ponga, directora general de Seguros y Fondos de Pensiones, aprovechó el III Evento Anual de SpainSif para aclarar al sector asegurador la aplicación de la sentencia del Tribunal de la Unión Europea sobre la igualdad entre la mujer y el hombre en seguros. El fallo del Tribunal de Justicia Europeo, hecho público el 2 de marzo de 2011, entra en vigor, tras el plazo de adaptación fijado por éste, el próximo 21 de diciembre. A partir de esa fecha, las compañías aseguradoras no podrán tomar en cuenta el sexo a la hora de fijar el precio de sus pólizas, cuando es una de las variables más utilizadas en el sector para calcular los riesgos, fundamentalmente en Autos, Salud y Vida, por la mayor expectativa de vida de las mujeres.
La sentencia anula la excepción que desde 2004 la Directiva comunitaria sobre Igualdad permitía a las aseguradoras esquivar la prohibición de discriminación por sexo. La abogada general del Tribunal de la Unión Europea y ponente del caso (planteado como consulta prejudicial por el Tribunal Constitucional de Bélgica ante el recurso de la organización de consumidores Test-Achats, y dos ciudadanos particulares), Juliane Kokott, argumentaba que es “inadmisible basarse en el sexo de una persona para determinar los riesgos del seguro«,
El veredicto final del Tribunal de la Unión Europea matiza que «sólo pretende evitar que se trate del mismo modo diferentes situaciones” y que, a efectos de las primas de seguros, las situaciones de hombres y mujeres «son comparables«.
A casi dos meses de la definitiva aplicación de la sentencia del Tribunal de la Unión Europea por parte de las compañías aseguradoras, la directora general de Seguros, Flavia Rodríguez-Ponga, matiza ésta. La sentencia solamente se aplicará a los seguros privados individuales de nueva contratación. No a los colectivos ni a los compromisos por pensiones.
Tampoco se aplicará a las “renovaciones tácitas” de seguros, que son aquellas que tienen una aplicación automática si no se ha recibido del cliente comunicación sobre su no renovación en el plazo fijado. Ni a los “ajustes realizados en las pólizas sobre elementos individuales del contrato”, siempre y cuando esos cambios hayan sido realizados sobre parámetros ya predefinidos en éste.
La sentencia del Tribunal de la Unión Europea tampoco tendrá repercusión alguna en las ampliaciones de cobertura de seguros ya existentes. Ni en las cesiones de cartera.
Gestión responsable
Además de estas aclaraciones sobre la sentencia del Tribunal de la Unión Europea, duramente criticada en su momento por la patronal europeo del seguro CEA (cuyo director general es una mujer, Michaella Koller), Flavia Rodrígueza-Ponga señala en el encuentro de SpainSif que “la crisis ha puesto de manifiesto la necesidad de una mayor concienciación en las políticas de inversión”.
La directora general de Seguros recuerda que Solvencia II incide en el gobierno corporativo de las aseguradoras, en “cómo deben gestionarse responsablemente”. Y anuncia que la reforma de la Ley de Supervisión del Seguro incluirá la inversión socialmente responsable por parte de las aseguradoras.
Además, los planes de pensiones deben hacer públicas sus políticas de inversión. Y los de empleo deben, además, mencionar los riesgos financieros, éticos, sociales de sus inversiones, y si aplican criterios de inversión socialmente responsable.
“La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones está firmemente comprometida con la implantación en el sector de la inversión socialmente responsable”, concluye Flavia Rodríguez-Ponga.
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