El Consejo de Ministros ha autorizado al presidente del Gobierno a presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional por las tasas de un euro por receta y otra judicial aprobadas por la Generalitat de Cataluña el pasado mes de marzo.
Según ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, este recurso se interpondrá después de que «no haya habido acuerdo» con el gobierno de Artur Mas en las negociaciones mantenidas desde que se pusieron en marcha ambas tasas.
En el caso del euro por receta, ha explicado que dicha tasa «vulnera la normativa estatal sobre sanidad y productos farmacéuticos y la igualdad de los españoles, ya que «grava por dos veces» la compra de medicamentos.
Tasas judiciales
El recurso del Ejecutivo contra las tasas judiciales catalanas se presentará ante el TC contra los artículos 16 y 41 de la Ley de Cataluña 5/2012 de 20 de marzo de medidas fiscales, financieras y administrativas.
Se trata de un recurso contra la tasa por la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la Administración de Justicia.
La vicepresidenta explicó que esta decisión se adopta después de que no fuera posible un acuerdo con la Generalitat durante las negociaciones mantenidas en la mesa de diálogo con Cataluña, que prevé la normativa reguladora del TC. En esta negociación había tres puntos: las tasas, el euro por receta y otro asunto relativo al patrimonio cultural catalán.
La Portavoz del Ejecutivo dejó claro que «desde primer momento» estos asuntos se abordaron en mesas de diálogo y se intentó «durante meses» encontrar fórmulas y acuerdos que permitieran cumplir la Constitución.
Sin embargo, según Santamaría, no ha sido posible un acuerdo en los dos primeros asuntos, aunque sí en el tercero. En el caso de la tasa judicial, la Portavoz del Ejecutivo aseguró que «el hecho imponible coincide sustancialmente con lo que ya está previsto desde hace tiempo en el ámbito de la normativa estatal respecto a la tasa para ejercer la potestad jurisdiccional».
Además, argumentó que la tasa catalana «vulnera una norma importante del llamado bloque de la constitucionalidad«. Se trata, dijo, del artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Financiación de las CCAA, que prohíbe que las autonomías puedan establecer tributos propios que recaigan sobre hechos imponibles ya gravados por tributos estatales.
En lo que sí ha habido acuerdo con Cataluña ha sido en la gestión del patrimonio cultural, que establecía un derecho de tanteo sobre las transmisiones de la propiedad o de cualquier derecho sobre bienes culturales, de interés nacional, bienes muebles o catalogados u otros sobre el patrimonio cultural catalán. «Se ha llegado a un acuerdo para que se contemple el respeto a los derechos que el Estado puede tener en esas adquisiciones preferentes», precisó la Portavoz.
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