Aprobadas las líneas esenciales del fondo social de viviendas

20/12/2012

diarioabierto.es. Las viviendas se asignarán antes de que termine cada trimestre, comenzando el 31 de marzo de 2013.

El Gobierno acordó el jueves el contenido esencial del fondo social de viviendas, según informó el Ministerio de Economía en una nota.

El fondo se constituirá con unas 6.000 viviendas propiedad de las entidades financieras para las que se fijarán alquileres de baja cuantía.

Este fondo estará disponible para aquellas personas que hayan sido desalojadas de su primera vivienda desde el 1 de enero de 2008 por impago de la hipoteca y que se encuentren en situación especial de vulnerabilidad social.

La firma está prevista para la tercera semana de enero y cuenta con el apoyo del ministerio de Economía, Banco de España y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), entre otros.

Según la nota cada entidad de crédito constituirá su propio fondo con un número inicial de viviendas, aunque podrán ampliarlo. Serán ofrecidas a las personas que hayan sido objeto de una demanda de ejecución por parte de la misma entidad propietaria del fondo.

Además, las entidades de crédito propietarias de las viviendas pondrán a disposición de las partes implicadas toda la información relativa a estas viviendas, por lo menos la dirección y la superficie.

Requisistos

Según el Ministerio, los requisitos para acceder a una vivienda de este fondo son los siguentes:

a) Que el desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución, por impago de un préstamo hipotecario, iniciada por la misma entidad de crédito que constituye el fondo social de viviendas.

b) Que el desalojo se haya producido a partir del día 1 de enero de 2008.

c) Que en el momento de presentación de la solicitud se encuentre en las circunstancias siguientes:

-Que el conjunto de los ingresos de los miembros de su unidad familiar no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (1.597,53 euros mensuales en la actualidad).

-Que ninguno de los miembros de la unidad familiar disponga de vivienda en propiedad.

d) Que se encuentre en un supuesto de especial vulnerabilidad. A tal fin, se entenderán como tales cualquiera de los siguientes:

Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente.

-Unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo.

-Unidad familiar de la que forme parte, al menos, un menor de tres años.

-Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral.

-Unidad familiar en la que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones por desempleo.

-Unidad familiar con la que convivan, en la misma vivienda, una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que alguno de sus miembros se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia, enfermedad grave que les incapacite de forma temporal o permanente para realizar una actividad laboral.

-Unidad familiar en que exista alguna víctima de violencia de género.

Las condiciones del arrendamiento son las siguientes:

-La renta del arrendamiento estará comprendida entre 150 y 400 euros al mes, con un límite máximo del 30% de los ingresos netos totales de la unidad familiar.

-La duración del contrato de arrendamiento será de dos años. No obstante, el contrato se prorrogará un año más salvo que la entidad arrendadora, tras una revaluación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad previstos en la cláusula anterior, concluya que estos ya no se cumplen.

-El arrendatario se obligará a destinar el inmueble a su vivienda habitual y a conservarlo en las mismas condiciones de uso y habitabilidad en el que se encontraba en el momento de la entrega.

Todas las solicitudes deberán dirigirse a la entidad de crédito, que dará prioridad a aquellas situaciones de mayor necesidad o riesgo social. Para ello solicitarán un informe a los servicios sociales de los Ayuntamientos o Diputación provincial.

Este informe se entregará en un plazo de 15 días y las viviendas se asignarán antes de que termine cada trimestre, comenzando el 31 de marzo de 2013.

Habrá una Comisión de Coordinación y Seguimiento que tendrá un representante cada uno de los firmantes del convenio.

 

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