CCOO aplaude el “espaldarazo” al control de la jornada por la Justicia europea

01/02/2019

Luis M. del Amo. El sindicato confía en que el Tribunal de Justicia de la UE acepte la recomendación del Abogado General, y obligue a las empresas a llevar un registro horario.

El sindicato Comisiones Obreras (CCOO) ha celebrado la propuesta del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Giovanni Pitruzzella, de imponer a las empresas españolas un control obligatorio de la jornada que permita luchar contra las horas extraordinarias ilegales.

La central sindical, que presentó una demanda contra Deutsche Bank, se felicita de la orientación de las conclusiones del Abogado General, que, en contra de la doctrina del Tribunal Supremo español, recomienda a los jueces europeos que impongan la obligación de este registro diario de jornada, en el caso de los trabajadores a tiempo completo que no se hayan comprometido a realizar horas extraordinarias.

Las recomendaciones del Abogado General Pitruzzella, que son preliminares y pueden no coincidir con el fallo final del Tribunal Europeo (aunque suelen coincidir), responden a una cuestión prejudicial presentada por los magistrados de la Audiencia Nacional española, tras la demanda impulsada por CCOO con el apoyo de los sindicatos UGT, CGT, ELA y CIG.

Si el Tribunal de Justicia de la UE termina dando la razón al Abogado Pitruzzella, la sentencia corregirá la doctrina del Tribunal Supremo de España que, en 2017, eximió a las empresas españolas de la obligación de llevar el control horario, más allá de las horas extras.

Medio de control imprescindible

Sin embargo, Pitruzzella, en su escrito, considera que la inexistencia del citado mecanismo de control horario priva a los trabajadores en España de un medio probatorio esencial para acreditar la realización de horas extras, así como a las organizaciones que los representan.

El Abogado recuerda que los trabajadores de la Unión Europea están protegidos por la Carta de los Derechos Fundamentales del ente supranacional, así como por diversa normativa, como la Directiva 2003/88, que regula el tiempo de trabajo.

Además, recuerda que son los Estados las instituciones encargadas de hacer que se cumpla esta legislación, aunque estos organismos disponen de libertad a la hora de arbitrar los métodos para dar cumplimiento a estas normas.

Para el Abogado, la Carta y la citada Directiva imponen a las empresas la obligación de implantar un sistema de cómputo de la jornada laboral efectiva. Y son los Estados los que deben adoptar una normativa nacional adecuada para garantizar la protección de la salud y de la seguridad de los trabajadores, salvaguardando el respeto efectivo a los límites del tiempo de trabajo.

Sin un sistema de cómputo, concluye el Abogado, no existe ninguna garantía de que se respeten efectivamente los límites temporales establecidos por la Directiva. Sin dicho sistema no es posible determinar con objetividad y certeza la cantidad de trabajo efectivamente realizado y su distribución temporal, puntualiza. Tampoco es posible diferenciar entre horas ordinarias y extraodinarias, agrega.

Además, la inexistencia de un sistema de cómputo del tiempo de trabajo hace que sea mucho más difícil para el trabajador obtener la defensa judicial de sus derechos, conviene. “La obligación de controlar el tiempo de trabajo diario desempeña una función esencial”, resume.

CCOO: “Inequívocas conclusiones”

Para CCOO las conclusiones del Abogado General son “inequívocas” y confirman los planteamientos defendidos por la propia central, a raíz del conflicto planteado contra Deutsche Bank, aunque también en general, pues el sindicato ha llevado esta reivindicación la mesa de diálogo social donde se sienta con los empresarios y el Gobierno.

Ahora ya solo falta que el Tribunal emita su sentencia”, concluye, tras criticar la legislación española, que “no garantiza los derechos” de los trabajadores en lo referente al tiempo de trabajo.

“Llevamos un largo camino recorrido para combatir las prolongaciones de jornada, desde las múltiples denuncias ante la Inspección de Trabajo, a las propuestas a los grupos parlamentarios para que se modifique la legislación de nuestro país”, advierten.

“Ahora para que se ve la luz al final del túnel, y esperamos que el TJEE declare finalmente la obligación de las empresas de llevar un registro diario de la jornada”, finalizan.

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