La Orden, firmada por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE. Por tanto, el 18 de abril.
No obstante, la utilización obligatoria del indicador de embargabilidad en los documentos contables que contengan una propuesta de pago, entrará en vigor el 14 de julio de 2021, coincidiendo con la entrada en vigor de la Orden PCM/7/2021, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado. La incorporación de datos específicos de seguimiento de los proyectos financiados con Fondos de la Unión Europea, entrará en vigor a los tres meses de la publicación de la Orden en el BOE.
La principal novedad de la Orden es que crea un documento contable nuevo con el fin de realizar el seguimiento de los gastos presupuestarios financiados con Fondos de la Unión Europea.
También se ha incorporado en los documentos contables que contengan una propuesta de pago, un indicador para poner de manifiesto si el derecho de cobro del tercero a cuyo favor nace la obligación de la Administración General del Estado es embargable total o parcialmente, o no, por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, debiendo señalarse, en los casos de inembargabilidad, la norma que ampara tal circunstancia, lo que ha supuesto la incorporación de esos datos en los documentos contables afectados.
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