Indulta, indulta, que algo queda

20/09/2022

Hernando F. Calleja.

Hace poco más de dos años, pronuncié esta palabras en un acto público. “La compasión es un sentimiento que nos hace más humanos. Más que la bondad, más que el amor. La compasión nos permite comprender el dolor de los demás, sus afanes rotos, su tristeza”. Me refería a las decenas de miles de víctimas de la pandemia de Covid 19 y sus familias, que han sufrido lo inexplicable por las muertes y las secuelas de la enfermedad.

Pongo esto por delante para poder afirmar que sigo pensando lo mismo sobre el sentimiento de compasión con quienes padecen por causas que les son ajenas, que nada tienen que ver con sus acciones, causas accidentales, fatalidad. Mala suerte, si se me permite. Otra cosa es con quienes padecen por su propia responsabilidad (o irresponsabilidad), con quienes han franqueado límites que no les era dado traspasar y lo han hecho. Estas personas pueden pedir perdón, pero no compasión.

No voy a dejar de decir que cada uno es muy libre de expresar sus opiniones y formar éstas a partir de sus propias convicciones, obviando los que actúan por mandato, por cálculo o por conveniencia. Supongo que el lector sabe que estoy hablando de los posibles indultos a algunos de los condenados por el Tribunal Supremo en el caso de los ERE gestionados por diversos gobiernos socialistas de Andalucía y de las listas de peticionarios para que algunos de ellos no hagan frente a sus responsabilidades.

En el caso de los dirigentes no todos socialistas, pero sí los principales, la sentencia deja clara su participación en hechos punibles, que les hace responsables individualmente ante la sociedad. La responsabilidad individual está en la base del sistema democrático. La democracia es un orden de responsabilidad individual, que extiende sus raíces por todas las facetas de la vida. Esa responsabilidad individual es tanto más exigente en cuanto atañe a los demás. La adicción de la responsabilidad social a la indeclinable responsabilidad individual, obliga a cada uno en cuanto que sus acciones u omisiones tienen una repercusión en otros miembros de la comunidad.

Los concernidos por las penas del Supremo han incurrido en conductas individual y socialmente reprochables y de las que el Tribunal les hace responsables en los grados que en justicia les corresponden. “La Constitución garantiza el principio de legalidad… la responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”, dice el Artículo 9.3 de nuestra ley fundamental.

Tratándose de políticos y funcionarios de distintos niveles, pero muy especialmente de los que han sido cargos electos, hay otras responsabilidades que resumiríamos en la exigible ejemplaridad de sus conductas. Los tribunales de justicia, mal que bien, porque en nuestro país la observancia de las garantías individuales es afortunadamente severa, vienen sancionando los casos de corrupción política y administrativa con una ejemplaridad positiva. Una ejemplaridad que expuesta con toda naturalidad responde al popular quien la hace, la paga , con lo que ello tenga de aleccionador para el conjunto de los ciudadanos y de advertencia explícita para aquellos que desempeñan funciones públicas, por empleo o por elección.

Sensu contrario, la introducción del indulto como mecanismo para zafarse de lo más penoso de las condenas, proyecta una ejemplaridad negativa, que recibirían los ciudadanos como una impunidad colegiada, que en vez de aleccionar sobre las consecuencias de saltarse la ley, alienta la infracción y, además, presta argumentos exculpatorios aludiendo a los casos de indulto precedentes. A eso aludo en el título de este artículo. Indulten, indulten, que nos vendrá bien si nos pillan.

Muchos y significados piden el indulto. Están no solo en su derecho, acaso  le mueve por adelantado la compasión, que es un sentimiento noble, pero que no se puede desperdiciar con quienes, con plena responsabilidad, actuaron mal.

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