La UE impone un stop a los desahucios

14/03/2013

Miguel Ángel Valero. El Tribunal de Justicia considera que el que el juez puede declarar abusiva una cláusula de una hipoteca, pero no parar la ejecución de la vivienda, incumple la ley comunitaria.   //   Consulta la sentencia del TUE sobre los desahucios

Como se esperaba, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha puesto patas arriba toda la legislación hipotecaria española, al dictaminar que vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas, aunque no entra en cuestiones como la dación en pago (que se cancele la deuda con el banco mediante la entrega de la vivienda), porque no se le ha planteado en este caso. La cuestión principal es que la norma española todavía vigente permite al juez declarar abusiva una cláusula de un crédito hipotecario, pero no paralizar un desahucio provocado por el impago de éste, ya que esta cuestión debe ventilarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falla que esta protección a posteriori «resulta incompleta e insuficiente» ya que «no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda» sino que se limita «al pago de una indemnización por daños y perjuicios«. «Basta con que los profesionales inicien un procedimiento de ejecución hipotecaria para privar a los consumidores de la protección que pretende garantizar la Directiva«, denuncia la sentencia.

Y declara que «la normativa española no se ajusta al principio de efectividad, en la medida en que hace imposible o excesivamente difícil, en los procedimientos de ejecución hipotecaria iniciados a instancia de los profesionales y en los que los consumidores son parte demandada, aplicar la protección que la directiva confiere a estos últimos«.

La sentencia del Tribunal europeo responde a una cuestión presentada por un juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, ahora una entidad nacionalizada, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca. El ciudadano solicitaba que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.

Medidas cautelares del juez

El problema reside en que la normativa española no permite al juez que conozca del proceso declarativo,  el que tiene por objeto declarar el carácter abusivo de una cláusula, adoptar medidas cautelares, en particular la suspensión del procedimiento de ejecución, “cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final«. Por tanto, es contraria a la legislación europea de protección a los consumidores.

«La normativa española, que impide al juez que es competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado por otra vía, es contraria al Derecho de la Unión«, afirma el Tribunal.

Una de las anomalías del proceso de ejecución español es que si el hipotecado deja de pagar algún mes al banco, la entidad acreedora puede desahuciarlo a través de un procedimiento acelerado. Si el deudor considera que el contrato que firmó era abusivo, puede acogerse a un procedimiento más largo, cuya resolución suele llegar tarde. Incluso cuando el magistrado falla a favor del deudor, la hipoteca ya se ha ejecutado.

Cláusulas abusivas

El Tribunal de Justicia europeo no se limita a señala que la norma española vulnera la protección a los consumidores que garantiza la Directiva en todos los casos en los que la ejecución se produzca antes de que el juez pueda declarar que las cláusulas son abusivas o no. Es que existe un “desequilibrio importante» entre el que pide una hipoteca y la entidad financiera que se la concede, por lo que hay que velar por la protección efectiva del consumidor.

La sentencia parece considerar abusivos tipos de demora del 18% (como en el caso planteado), y la cláusula de vencimiento anticipado, según la cual con tan solo un retraso en el pago de la cuota hipotecaria, el banco puede reclamar el pago de toda el préstamo. El Tribunal pide a los jueces españoles que examinen la cláusula que permite a la entidad financiera iniciar la ejecución hipotecaria con una liquidación unilateral de la deuda impagada, porque duda de que esta práctica permita el acceso del deudor a la justicia y el ejercicio de su derecho a la defensa.

Las consecuencias

La secretaria de Economía y Empleo del PSOE, Inmaculada Rodríguez Piñero, y la portavoz socialista de Vivienda, Leire Iglesias, han pedido al Gobierno que apruebe un decreto ley que sirva para paralizar todos los desahucios que estén en marcha debido a cláusulas abusivas de las entidades financieras hasta que se elabore una nueva norma que adapte y corrija los aspectos que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que no protegen suficientemente a los ciudadanos.

El portavoz adjunto de UPyD en el Congreso, Carlos Martínez Gorriarán, considera que el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea «crea jurisprudencia» e impedirá que se desahucie a ningún deudor que no esté de acuerdo y mientras no se alcance un acuerdo con el acreedor. «Lo que importa es que, desde ahora, será imposible ejecutar automáticamente la hipoteca si el deudor no está de acuerdo y quiere condiciones distintas del acreedor”, subraya.

El diputado de Izquierda Plural Joan Coscubiela destaca que  el fallo «condiciona la interpretación de los jueces, que deberán acomodar su interpretación de la legislación a la sentencia» hasta que se modifique la Ley Hipotecaria. «A partir de ahora, las personas desahuciadas podrán argumentar el contenido de esta sentencia ante los tribunales españoles y, por tanto, tendrán más mecanismos de defensa y serán menos víctimas del profundo de desequilibrio que provoca esta legislación absurda«, añade. Otro diputado de este grupo, Alberto Garzón, vinculado al 15M, insiste en que el fallo judicial «da la razón a los movimientos sociales»

Adicae ha requerido al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial «la paralización inmediata y de oficio de todos los procedimientos de ejecución hipotecaria sobre préstamos con cláusulas suelo«, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Argumenta que ésta considera «ilegal» una legislación que desde 2007 ha llevado a 416.975 familias a ser demandadas de ejecución hipotecaria  y a 216.418 al desahucio. «En total, 633.393 familias víctimas directas de una legislación injusta, y millones expuestas a ella en la actualidad«, insiste esta asociación de consumidores.

Asgeco cree que «el fallo del Tribunal europeo supone un antes y un después a la hora de valorar los procesos pendientes de desahucio en España, puesto que será directamente aplicable para los mismos«, y que la sentencia «viene a decir que la actual Ley española no protege a los consumidores contra posibles cláusulas abusivas en la ejecución de las hipotecas».

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