El Banco de España culmina la exigencia de más transparencia

07/05/2013

Miguel Ángel Valero. El supervisor cree que se ha producido “una mejora muy considerable de la información financiera pública” de las entidades financieras

Con la aprobación de la comunicación sobre refinanciaciones que culmina un proceso de mayores exigencias de transparencia a las entidades financieras, el Banco de España considera que “se ha producido una mejora muy considerable de la información financiera pública, que en el futuro debe permitir a los accionistas y a los participantes en los mercados evaluar con mayor precisión la situación de las entidades de crédito españolas”.

El supervisor, en su último informe sobre estabilidad financiera, justifica esas mayores exigencias de transparencia en que “la disponibilidad de información completa, precisa y comparable sobre la situación de las entidades de crédito es esencial para que los mercados puedan ejercer su función disciplinadora”. La transparencia “permite a los inversores evaluar el nivel y la distribución de los riesgos, y reduce los incentivos de las entidades a desarrollar estrategias arriesgadas, en la medida en que perciban que estas van a ser penalizadas”.

Además, en períodos de incertidumbre y elevada aversión al riesgo, la existencia de asimetrías informativas que impiden discriminar adecuadamente entre entidades puede llevar a la desconfianza en el sistema en su conjunto, incrementando los costes de financiación para todas las entidades”, argumenta el Banco de España. Por ello, “en estos períodos de elevada incertidumbre resulta particularmente importante proporcionar información pública fiable y comprensible”.

Más datos sobre el ladrillo

Para mejorar la información disponible sobre la situación del sistema financiero español, el supervisor aprobó la circular 5/2011, de 30 de noviembre, que modifica la 4/2004 sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros. La nueva norma estableció formalmente la obligación de las entidades de crédito de publicar anualmente (con datos a 30 de junio), tanto individual como consolidado, información cuantitativa y cualitativa sobre el mercado hipotecario y las financiaciones para construcción, promoción inmobiliaria y adquisición de viviendas, así como la referida a los activos recibidos en pago de deudas.

Además, se estableció la obligación de incluir en las memorias anuales de las entidades información relativa a sus políticas para hacer frente a las financiaciones al sector inmobiliario de recuperación problemática. La información exigida incluye diversos aspectos de gran relevancia para comprender los riesgos asociados a los activos inmobiliarios, como el importe bruto de las exposiciones, la diferencia entre éste y el valor de las garantías, la parte que se haya dado de baja del activo por haberse calificado como fallida, el volumen de financiación destinado a la construcción y promoción inmobiliaria (desglosado según tenga o no garantía hipotecaria) y el concedido a los hogares para la adquisición de vivienda, indicado qué fracción de ella se califica como dudosa, así como el loan to value (LTV, que mide la relación entre el importe prestado y el valor de tasación del bien utilizado como garantía del préstamo) de estas operaciones de acuerdo con la última tasación de la garantía disponible.

Por último, la Circular 5/2011 estableció que la información publicada por las entidades de crédito debe recoger las políticas que hayan establecido para hacer frente a los activos inmobiliarios adjudicados o recibidos en pago de deudas.

Para el Banco de España, la introducción de estos requisitos de información pública supuso “una clara mejora de la transparencia sobre los aspectos en los que se concentraba la desconfianza de los mercados, y particularmente acerca de las exposiciones al sector inmobiliario”.

Las dudas persisten

Pero el supervisor reconoce que las dudas sobre la solidez del sistema bancario español persistieron, por lo que se consideró conveniente reforzar adicionalmente las normas de información financiera pública. Los nuevos requerimientos, recogidos en el Memorándum de Entendimiento (MoU), acordado entre las autoridades españolas y las europeas en julio de 2012, se incluyeron en la Circular 6/2012, de 28 de septiembre. Por una parte, esta circular completó requisitos de transparencia sobre las exposiciones a la construcción y la promoción inmobiliaria anteriormente citados, estableciendo nuevas exigencias de información relativas a los activos adjudicados o recibidos en pago de deudas que se transfieran a sociedades de gestión de activos creadas o participadas por la entidad.

Por otra parte, se introdujeron requerimientos de información adicionales, que establecen la obligación de divulgar en las cuentas anuales de las entidades información detallada acerca de las operaciones de refinanciación y reestructuración, así como sobre la concentración de riesgos, tanto sectorial como geográfica.

Coincidiendo con la publicación de sus cuentas correspondientes al año 2012, las entidades han empezado a publicar el importe de las operaciones refinanciadas o reestructuradas, haciendo explícita su clasificación como riesgo bajo seguimiento, subestándar o dudoso. Esta información refleja también las coberturas de dichas exposiciones por riesgo de crédito, distinguiendo por tipo de contraparte y finalidad del préstamo. Además, las entidades que utilizan modelos internos para el cálculo de sus requerimientos de recursos propios deben publicar su estimación de la probabilidad de incumplimiento de cada tipo de operación.

Por último, cabe señalar que la circular establece la obligación de publicar un breve resumen de la política general de refinanciación y reestructuración de cada entidad, explicando las medidas que se han de aplicar para distintos tipos de préstamos y los criterios utilizados para evaluar su sostenibilidad. “Es difícil encontrar otros sistemas financieros, especialmente en Europa, en los que haya tales exigencias de información”, enfatiza el Banco de España.

En cuanto a las concentraciones de riesgos, la Circular dispone que las entidades desglosarán su financiación atendiendo a la distribución sectorial de los prestatarios y de la finalidad de las financiaciones, que cuando cuenten con garantía real se agruparán por tramos de acuerdo con su ratio de LTV. Además, las entidades deberán facilitar información agregada sobre sus concentraciones de riesgos, desglosada por área geográfica y segmento de actividad. A su vez, esta información deberá distribuirse por sectores institucionales, distinguiendo entre entidades de crédito, Administraciones Públicas, otras instituciones financieras, sociedades no financieras y empresarios individuales (diferenciando entre construcción y promoción inmobiliaria, construcción de obra civil y resto de finalidades) y hogares e instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (distinguiendo, en función de la finalidad, entre vivienda, consumo y otros fines).

La culminación de este proceso de mayores exigencias de transparencia a la banca ha sido el envío el 30 de abril, por parte del Banco de España, de una comunicación que contiene criterios sobre refinanciaciones y reestructuraciones de créditos, en la que se exige a las entidades un análisis individualizado de la capacidad de pago del cliente y un esquema “realista” de devolución del crédito, entre otras medidas.

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