El Banco de España da hasta el 31 de julio para aclarar las cláusulas suelo

26/06/2013

Miguel Ángel Valero. Las entidades deben comunicar al supervisor el impacto que tendría sobre sus resultados su eliminación

El Banco de España ha enviado a las patronales de bancos (AEB), cajas (Ceca) y cooperativas de crédito (Unacc) la carta anunciada la semana pasada  por el subgobernador, Fernando Restoy, tras una petición expresa del ministro de Economía, Luis de Guindos, para aclarar la situación de las cláusulas suelo tras la sentencia del Tribunal Supremo.

La carta de la Dirección General de Regulación y Estabilidad Financiera del Banco de España señala a las entidades financieras «la necesidad de revisar la adecuación de las cláusulas suelo» que figuren en sus respectivas carteras de préstamos hipotecarios vivos a los criterios de transparencia establecidos por la sentencia nº 241/2013 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, de fecha 9 de mayo de 2013.

Esta sentencia ha declarado la nulidad, por su falta de transparencia, de las cláusulas suelo contenidas en determinadas escrituras de préstamos hipotecarios suscritos con consumidores, correspondientes a tres entidades de crédito. Aunque el Banco de España no las cita, se trata del BBVA, Cajamar y NCG Banco.

Las entidades deberán comunicar al Banco de España las conclusiones de esa evaluación antes del próximo día 31 de julio y, en particular, el impacto que pudiera tener sobre sus resultados la eliminación de las cláusulas suelo en los casos en que se estime procedente o necesaria a la vista del contenido de la sentencia del Tribunal Supremo.

Más atención en la comercialización

En la carta del Banco de España también se subraya que las entidades financieras deberán, “extremar la atención a la hora de comercializar los préstamos hipotecarios que incorporen este tipo de cláusulas”. El supervisor recuerda, en especial, los requerimientos de información en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios y la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos, así como los criterios establecidos por la sentencia del Supremo

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