
La Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre tendrá que facilitar los costes de producción y distribución de la nueva moneda de un euro con la efigie de Felipe VI, que fue acuñada con motivo de su proclamación.
La solicitud de información, presentaba por un ciudadano, fue desestimada el 13 de abril de 2015 por la Fábrica de la Moneda, por entender que desvelar dicha información perjudicaría sus intereses económicos y comerciales, al entender que su posición competitiva se vería dañada, por ejemplo, en las posibilidades de resultar adjudicataria en licitaciones para la acuñación de moneda abiertas en otros países.
Ante la denegación, el ciudadano presentó una reclamación al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que fue estimada el 10 de julio de 2015. En ella se instaba a la Fábrica de la Moneda a proporcionar la información solicitada, entendiendo que conocer el coste económico de la inversión realizada, asumida con fondos públicos, respondía plenamente a la finalidad última para la que fue aprobada la Ley de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, que no es otra que la rendición de cuentas del dinero público.
Asimismo, no se consideró probado el perjuicio a los intereses económicos y comerciales de la entidad, argumento en el que se fundamentaba la denegación de la información.
La titular del Juzgado Contencioso-Administrativo Central número 5 de Madrid, en su sentencia, desestimando el recurso de la Fábrica de la Moneda, considera que “no estamos ante revelación de secretos o de estrategias empresariales. No estamos ante datos sensibles; ni ante la vulneración del principio de libertad de empresa”. Y añade que “no se considera acreditado el daño con el límite a la información que se pretende proteger o salvaguardar. El daño invocado es potencial”.
Recursos contra el Consejo de Transparencia
Hay trece recursos interpuestos hasta hoy por organismos públicos o ciudadanos contra resoluciones del Consejo de Transparencia, que representan el 1,5% de las 852 reclamaciones recibidas. Hasta el momento se han resuelto tres; la de hoy es la segunda sentencia que da la razón al Consejo de Transparencia, que vela por el cumplimiento de la Ley y, con ese objetivo, y dentro de su independencia, atiende las reclamaciones de los ciudadanos cuando los organismos públicos no facilitan la información que demandan.
La primera sentencia favorable al Consejo de Transparencia se producía en el mes de mayo, cuando el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid instaba a RTVE a facilitar los gastos de su participación en el festival de Eurovisión de 2015, al no estimar el recurso interpuesto por la corporación para evitar facilitar dicha información, tras aceptar el Consejo de Transparencia la reclamación interpuesta.
Cuando un organismo o un ciudadano discrepa de la decisión del Consejo de Transparencia, como establece la Ley, puede interponer un recurso en los juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid.
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