Los jueces insisten en considerar la hipoteca multidivisa un producto «complejo»

22/07/2016

Miguel Ángel Valero. Esa consideración obliga a la entidad a informar al cliente, antes de la firma de la operación, de los riesgos que implica. // Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Fuenlabrada

Una hipoteca multidivisa no es un crédito como los demás, sino que es un instrumento financiero derivado, «por cuanto que la cuantificación de la obligación de una de las partes del contrato (el pago de las cuotas de amortización del préstamo y el cálculo del capital pendiente de amortizar) depende de la cuantía que alcance otro valor distinto, denominado activo subyacente, que en este caso es una divisa extranjera», como argumenta la sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2015.

Al ser un instrumento financiero derivado relacionado con divisas se trata de un producto «complejo». Y por tanto la entidad prestamista «está obligada a cumplir los deberes de información» que impone la Ley del Mercado de Valores. Esa obligación se traduce en que la entidad debe informar al cliente, antes de la firma de la operación, de los riesgos que implica.

Esta doctrina del Supremo es la que aplica una sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Fuenlabrada (Madrid) en el caso de una hipoteca multidivisa contratada con el Banco Gallego (integrado ahora en el grupo Banco Sabadell) por un vigilante de seguridad (ahora policía en esa localidad) en yenes y por importe de 265.000 euros en febrero de 2008. Sus padres, médico y enfermera de profesión, también se hipotecaron para ayudarle en la compra de la vivienda, pero «jamás recibieron información acerca de los riesgos que estaban adquiriendo», afirman en la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), la más activa en la ‘guerra’ contra las hipotecas multidivisa.

Pocos meses después de la suscrición de la hipoteca, el euro se depreció frente al yen y comienza el círculo vicioso: cuotas cada vez más altas, desinformación por parte de la entidad, dificultades para llegar a fin de mes.

Decisión «irracional, antieconómica y perjudicial»

La magistrada, Marina Ruiz Gómez, ha tenido muy presente el testimonio del perito Julio César Calvo: «contratar una hipoteca multidivisa indexada en yenes en 2008, desde un punto de vista financiero, era irracional, antieconómico y perjudicial para el cliente». «A finales de 2007 el endeudamiento en yenes se estaba deshaciendo de forma masiva, y el cambio del euro al yen estaba sometido a una fuerte volatilidad», argumentaba en la vista este experto.

La línea de defensa del banco se basa en demostrar ante la juez que la hipoteca multidivisa era un crédito como otro cualquiera. Pero ahí estaba la doctrina del Tribunal Supremo. Y entonces el banco no pudo certificar que había informado a los clientes sobre los riesgos de la operación: no aportó documentación acreditativa de haber mostrado escenarios favorables y desfavorables, ni el impacto del tipo de cambio, ni las previsiones del euro frente a otras divisas.

El empleado de la entidad que colocó el producto al cliente reconoció en el juicio que no le ofreció explicaciones a los padres, a pesar de ser también participantes en el préstamo hipotecario. Y consideró que, al ser funcionario, era un perfil adecuado para este tipo de hipoteca.

La conclusión de la jueza es que considera probado que la entidad faltó a sus deberes de información, por lo que se declara la nulidad parcial de la hipoteca multidivisa condenando al Banco Gallego (y por tanto al Banco Sabadell) a recalcular la hipoteca en eruros aplicando todo lo abonado a capital e intereses. La entidad tendrá que asumir los gastos que se generen, además de las costas del procedimiento.

Más de 70.000 afectados

En España se comercializaron 70.000 hipotecas multidivisa: el 53% en francos suizos, y el 46% en yenes japoneses. Esas divisas se apreciaron notablemente durante la crisis financiera internacional que comenzó en el verano de 2007, precisamente por el derrumbe del mercado de hipotecas subprime en EEUU. Y generó una insoportable carga para los clientes que suscribieron esas hipotecas.

Con una media de 200.000 euros por hipoteca, los bancos acumularon 13.160 millones de euros en préstamos en divisas.

Por entidades, la que acumula más resoluciones sobre hipotecas multidivisa en su contra es Bankinter, contra el que Asufin ha presentado una demanda colectiva de más de 25.000 clientes y que está a la espera de admisión a trámite. Esta entidad acapara el 34% de todas las hipotecas multidivisa. Tras Bankinter, aparecen Barclays Bank (su negocio minorista en España ha sido vendido a CaixaBank), con el 18%; Caixa Cataluña (ahora integrado en el grupo BBVA), con el 17%,  y Banco Popular, con el 11% (muchas de sus operaciones proceden del colectivo de pilotos y azafatas de aviación).

Asufin, que cuenta con el mayor registro jurisprudencial especializado en productos financieros, con más de 5.000 resoluciones judiciales, contabiliza 160 resoluciones en su base de datos. Corresponden al primer semestre del año en curso 59 resoluciones: 47 favorables a los consumidores, lo que supone un 80% de éxito para los afectados.

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