Los sindicatos exigen cambios legales que igualen los costes de despido

23/09/2016

Luis M. del Amo. UGT y CCOO defienden elevar la indemnización de los temporales y dar estabilidad a los interinos.

La Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO) han reclamado hoy al Gobierno en funciones que aborde cambios legales a fin de dar cumplimiento a la sentencia europea que exige a España acabar con la discriminación en las indemnizaciones por despido de fijos y temporales.

La petición, remitida en forma de carta a la ministra en funciones, Fátima Báñez, defiende elevar los costes de despido para los temporales y dar estabilidad en el empleo a los miles de interinos que trabajan para el Estado.

La misiva, firmada por los líderes de ambos sindicatos, Ignacio Fernández Toxo, por CCOO, y Pepe Álvarez, de UGT, defiende en concreto la modificación del Estatuto de los Trabajadores y de dos de los grandes marcos jurídicos que guían las relaciones laborales de los los empleados públicos, como son el Estatuto Básico del Empleado Público y el Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Toxo y Álvarez reclaman los citados cambios después de que esta semana se conociera una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), fechada el 14 de septiembre, donde se obliga a España a cambiar su legislación en materia de despido.

Diferencias en las interpretaciones

En la interpretación de los sindicatos, la sentencia obliga a elevar las indemnizaciones de los cuatro millones de temporales que trabajan hoy en España, y la de aquellos que han tenido un contrato temporal, aunque haya concluido, rescindido hasta el 14 de septiembre de 2015.

Sin embargo, los empresarios interpretan que la sentencia se refiere tan solo a un caso particular, el de la funcionaria interina que demandó al Estado tras ser despedida sin indemnización, y niegan que suponga extrapolar sus resultados a todos los trabajadores temporales.

En la misiva remitida este viernes, los sindicatos piden “incrementar” los 12 días de indemnización que cobran los temporales, “igualándolas” a las establecidas para los indefinidos. También exigen que se extienda el derecho de indemnización a los contratos de interinidad y al resto de contratos temporales que carecen de este derecho.

Asimismo defienden que se garantice la estabilidad en el empleo de los funcionarios y personal estatutario interino, eventuales y de sustitución conforme a la sentencia.

Cambios en el Estatuto de los Trabajadores

UGT y CCOO reclaman cambios en tres leyes básicas del ordenamiento laboral a fin de dar “cumplimiento” a la cláusula 4.1 de la Directiva europea 199/70/CE. A su vez esta directiva se basa en el Acuerdo Marco suscrito por la Confederación Europea de Sindicatos (CES) y las organizaciones empresariales UNICE y CEEP, relativo al trabajo de duración determinada.

El Acuerdo Marco entre sindicatos y empresarios prohíbe tratar de forma menos favorables a los trabajadores con contrato temporal, en relación con los fijos.

Los sindicatos españoles exigen al Gobierno en funciones cambios en el artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores (ET). Este artículo fija la cuantía de la indemnización de los temporales en 12 días, salvo en el caso de contratos de interinidad y en los de formación, que carecen de dicho derecho.

Reclaman a su vez igualar las indemnizaciones de los temporales con las establecidas en el artículo 53.1.b) del Estatuto de los Trabajadores. Un artículo que fija, en el caso de los indefinidos, en 20 días por año de servicio la cuantía de la indemnización.

Además, las centrales instan al Gobierno que dé “estabilidad” en el empleo a los funcionarios y personal estatutario interino, así como a los eventuales y personal de sustitución, mediante la reforma, por un lado, del real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprobó el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, por otro, de la ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

De este modo, concluyen los sindicatos, se dará cumplimiento a las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), con fecha 14 de septiembre, dictadas en relación con los asuntos C-16/15 y C-184/15 – C197/15.

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