En relación a la línea de avales incorporada al Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, cuyas condiciones fueron aprobadas mediante Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 24 de marzo, las entidades asociadas a AEB, CECA y Unacc (cooperativas de crédito) dan instrucciones a su red de oficinas para asegurar «una aplicación rigurosa» del contenido de ese acuerdo.
El comunicado conjunto de las tres patronales bancarias afirma que «se ha clarificado que la concesión de un crédito amparado por esta línea de avales no puede estar vinculada en ningún caso a la contratación de otros productos».
Esta medida, que tiene como objetivo preservar los niveles de circulante y liquidez de empresas y autónomos, se une a otras que están llevando a cabo las entidades financieras de manera voluntaria para ayudar a la economía real a hacer frente a las consecuencias de la crisis derivada del COVID-19.
Recomendación del Banco de España
Lo que no dice el comunicado de la banca es que el Banco de España ‘recomendó’ a las entidades financieras que eviten vender ciertos productos como seguros de Vida cuando conceden a autónomos y pymes nuevos créditos con avales del Estado, ya que esta práctica encarecería la financiación en el momento en el que más se necesita.
El Banco de España ha hecho llegar esta recomendación a los consejeros delegados de las principales entidades, con quienes se reunió recientemente de forma telemática para hablar del impacto de la crisis del coronavirus.
Tras el comunicado de la banca, el Banco de España emitió una nota en la que «considera de vital importancia para la economía de nuestro país en estos momentos que los avales del Estado aprobados por el Gobierno para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19 sean comercializados por las entidades financieras en estricto cumplimiento tanto de las condiciones y requisitos fijados en la normativa que los regula como de los criterios de buenas prácticas bancarias».
Por lo que requiere a las entidades financieras que la aprobación y difusión en su red de los correspondientes protocolos de comercialización se ajuste a dichas condiciones y que establezcan los sistemas de control interno necesarios para garantizar en todo momento el cumplimiento de los requisitos aplicables.
«El Banco de España verificará dichos protocolos y procedimientos y efectuará, en su caso, la revisión de operaciones concretas a fin de comprobar su adecuación a la normativa de aplicación», avisa.
Y recuerda que, sin perjuicio de la atención telefónica y el canal de consultas del ICO, las discrepancias sobre la comercialización de los avales pueden plantearse ante el servicio de atención al cliente o defensor del cliente de la entidad comercializadora. El servicio de atención telefónica del Banco de España (900 54 54 54) atenderá, asimismo, las consultas que reciba sobre este asunto.
Denuncias de los mediadores de seguros
El aviso del Banco de España sobre la venta de los productos ligados a los créditos con avales trata de evitar que las entidades trasladen esos costes al cliente y llega después de que autónomos, y también los mediadores de seguros, denunciaran algunos casos de imposición de la contratación de un seguro de Vida para la concesión de la financiación con aval del Estado.
Bajo el marco del acuerdo de colaboración para el desarrollo de objetivos comunes, las asociaciones de corredores de seguros Adecose, Cojebro y Espabrok han elaborado un modelo de carta para que las corredurías asociadas informen a sus socios sobre las prácticas respecto a la imposición en la contratación de los seguros en los préstamos ICO.
Esta carta supone un canal de comunicación en dos direcciones. Por una parte, informa a las pymes y autónomos de que, tal y como ha confirmado el propio Instituto de Crédito Oficial (ICO), no están obligados a contratar un seguro para acceder a préstamos avalados por el Estado, aprobados por medio del Real Decreto-Ley 8/2020 de 26 de marzo, para hacer frente al impacto del COVID-19.
Y, por otra parte, esta iniciativa también recogerá todas las reclamaciones de abusos e irregularidades para comunicarlas a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Con esta finalidad, las asociaciones han solicitado a sus corredurías que aporten por escrito estos abusos para trasladar pruebas de estos hechos a las autoridades y organismos que corresponda.
Los presidentes de las tres asociaciones Martín Navaz (Adecose), Antonio Muñoz (Cojebro) y Silvino Abella (Espabrok), coinciden en que “están escandalizados con estos abusos de las entidades bancarias hacia los consumidores y más en una situación excepcionalmente delicada y dolorosa como lo que estamos viviendo, por lo que harán todo lo que estén en sus manos para impedir este tipo de prácticas que van claramente en contra no solo de los intereses de los clientes de nuestros asociados, sino de la sociedad».
Reacción del ICO
Por su parte, el presidente del Instituto Oficial de Crédito (ICO), José Carlos García de Quevedo Ruiz,deja muy claro que las entidades financieras no pueden exigir a las empresas o a los autónomos la contratación de productos o servicios adicionales a cambio de conceder liquidez con avales del Estado.
García de Quevedo recuerda que estas líneas de liquidez, cuyo primer tramo asciende a 20.000 millones de euros pero que se enmarca en un programa de 100.000 millones de euros, no pueden destinarse a refinanciar créditos activos ni para amortizar otros preexistentes.
El presidente del ICO subraya que el objetivo de esta medida es la de garantizar circulante y liquidez a autónomos y a empresas, incluyendo el pago de salarios, alquileres o facturas a proveedores, entre otros, por lo que su concesión tiene que ir destinada a nuevas operaciones o a renovaciones de existentes.
Y que la banca debe trasladar a las empresas y a los autónomos las ventajas de tener un aval del Estado, que implica una mejora en términos del tipo de interés, mayores plazos o importes, o el establecimiento de algún periodo de carencia del principal.
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