La franquicia es un sistema muy poco conflictivo, según un informe de la AEF

14/12/2017

Susana de Pablos. Hablamos con Jordi Ruíz de Villa, presidente de su Comité de Expertos Jurídicos.

Tras analizar los litigios que se registraron en la franquicia en los años 2014, 2015 y 2016, el Comité de Expertos Jurídicos de la Asociación Española de Franquiciadores (AEF) ha presentado un estudio pionero en el mundo: el primer Informe de la AEF del primer Observatorio de la Jurisprudencia de Franquicias en España. Su principal conclusión es que los litigios en este modelo de comercio son pocos: teniendo en cuenta el número de establecimientos abiertos al público mediante esta fórmula, el porcentaje medio de litigios en estos tres años fue del 0,08%.

En el periodo de estudio, se han dictado un total de 126 sentencias: 116 en Audiencias Provinciales, siete en el Tribunal Supremo y dos laudos arbitrales. Los sectores que presentan más litigios son los de hostelería/restauración y moda, que suman un total de 11 de procedimientos cada actividad en los tres años analizados, y servicios financieros, con 10 procedimientos en el mismo periodo. Finalmente, el estudio señala que el 62,6% de los procedimientos han sido instados por el franquiciador y el 37,4% restante por los franquiciados, al tiempo que el porcentaje medio de resoluciones favorables al franquiciador es del 68,1%, en el periodo analizado.

En este primer observatorio se desvela cuáles son los principales motivos de conflicto entre franquiciador y franquiciado, que se pueden segmentar en seis cuestiones objeto de enjuiciamiento:
♦ Nulidad del contrato de franquicia por vicios en el consentimiento del franquiciado.
♦ Nulidad del contrato por falta de objeto del mismo.
♦ Incumplimientos del franquiciado por impago de royalties.
♦ Incumplimiento del franquiciado por vulneración de la cláusula de no competencia poscontractual.
♦ Incumplimientos del franquiciado por comercialización de productos o de proveedores no autorizados.
♦ Incumplimientos del franquiciador por no prestar asistencia técnica.

El 62,6% de los procedimientos han sido instados por el franquiciador, un porcentaje que apenas varía durante los años 2014 y 2015. Tan sólo en 2016 se registra una disminución sensible del número de procedimientos instados por el franquiciador, con una disminución del 56,4%, lo que significa que es el franquiciador quien lleva la iniciativa en los procedimientos judiciales.

Por otra parte, y respecto del resultado de las resoluciones dictadas, se aprecia que durante los años 2014 y 2015 un alto porcentaje de las mismas son favorables al franquiciador: un 70,45% en 2014 (29,55% a favor del franquiciado) y un 78,78% en 2015 (21,22% a favor del franquiciado), mientras que en el año 2016 se produce un descenso hasta el 56,41% favorable al franquiciador, por un 43,59% a favor del franquiciado en ese 2016. En definitiva, en los tres años analizados, el porcentaje medio de resoluciones favorables al franquiciador fue del 68,1%.

Sentencias del Tribunal Supremo
En cuento a las resoluciones realizadas en la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo entre los años 2014 y 2016, la mayoría de los casos no fueron admitidos a trámite; de los siete que se plantearon sólo uno dio lugar a una sentencia, cuyo contenido carece de relevancia, ya que se trata de una reclamación de un consumidor contra un franquiciado. “Por años, en 2014 se registraron 2 sentencias, 4 en 2015 y 1 tan solo en 2016, lo cual permite afirmar que el Tribunal Supremo no ha creado jurisprudencia en materia de franquicia, durante el periodo analizado”, aseguran los responsables de este informe.

Respecto a los laudos arbitrales, entre los años 2014 a 2016 se han dictado un total de dos sentencias por los Tribunales Superiores de Justicia en relación con acciones de anulabilidad del laudo arbitral y todas ellas fueron desestimadas, al no apreciarse ninguna causa que motivara su anulabilidad y declarando la validez de las cláusulas arbitrales. “Así pues, y dado el escaso número de laudos dictados, en relación con el número de procedimientos sometidos a la justicia ordinaria, se trata de un medio poco utilizado todavía por las franquicias para solucionar conflictos en España, probablemente debido a los costes que tiene un proceso arbitral”, aseguran los responsables de este primer observatorio.

En palabras de Xavier Vallhonrat, presidente de la AEF: “Nunca antes, que yo tenga constancia, se había realizado un informe de estas características a nivel mundial y, una vez más, España, y en concreto nuestro Comité de Expertos Jurídicos, ha respondido, con rapidez y profesionalidad, al encargo recibido por acuerdo de la última Asamblea General de la AEF, convirtiéndose en pionera a la hora de analizar el grado de litigiosidad que hay en un sistema de negocio como es el de la franquicia. Y a la vista de los resultados obtenidos, entre los años 2014 y 2016 se puede afirmar rotundamente que la franquicia española tiene un muy bajo índice de conflictividad, lo cual ofrece la lectura de que se están haciendo bien las cosas en la relación franquiciador-franquiciado”.

Como explica Jordi Ruiz de Villa, presidente del Comité de Expertos Jurídicos de la AEF, “la cifra total de sentencias demuestra que, contra lo que pudiera parecer, la franquicia es un sistema de negocio con escasa litigiosidad. Es cierto que probablemente existan más controversias que las meramente judiciales entre franquiciador y franquiciado, pero el hecho de que no acudan a los tribunales demuestra que dirimen estas posibles diferencias de forma exitosa, utilizando fórmulas de mediación, negociación o conciliación”.

Por su parte, el director gerente de la AEF, Eduardo Abadía, concluye: “Nos sentimos muy satisfechos del estudio elaborado por el Comité de Expertos Jurídicos, que no tiene parangón en todo el mundo, y que sitúa a España, una vez más, a la vanguardia de todo lo relacionado con la franquicia en los cinco continentes. Además, los datos del Observatorio no pueden ser más concluyentes, en cuanto a la escasa litigiosidad que existe hoy en día en este modelo de negocio”.


Más información
⇒Descargar el primer Informe de la AEF del primer Observatorio de la Jurisprudencia de Franquicias en España.
⇒Leer la Entrevista con Jordi Ruiz de Villa, presidente del Comité de Expertos Jurídicos de la AEF y socio del despacho jurídico Jausas.
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