Hay que mejorar el etiquetado de los combustibles

21/06/2018

Motor Lobby.

ACEA señala sobre el despliegue de infraestructura de combustibles alternativos requiere que los estados miembros de la UE y el EEE mejoren la información dada a los consumidores

ACEA señala que la a Directiva 2014/94 / UE de la UE sobre el despliegue de infraestructura de combustibles alternativos requiere que los estados miembros de la UE y el EEE mejoren la información dada a los consumidores que se enfrentan a la elección de combustibles para sus vehículos. Con ese fin, un estándar CEN (*) ha elaborado símbolos comunes, o «identificadores de combustible«, que se colocarán en vehículos nuevos y bombas de combustible. Estos identificadores deben estar listos para octubre de este año, y comenzarán a ser cada vez más visibles en el período previo a esta fecha.

De esta manera, cuando los clientes lleguen a una estación de servicio y abran el tapón de llenado de combustible en su vehículo, un identificador de combustible común será visible tanto en el vehículo como en la bomba, brindando una guía sobre el combustible que es compatible para su uso con su vehículo.

Con el fin de ayudar tanto a los consumidores como a los concesionarios de vehículos, la Asociación de fabricantes de vehículos (ACEA), los refinadores de combustible y los proveedores de combustible han publicado ahora los folletos informativos. Estos folletos, en formato de preguntas y respuestas, explican el propósito de los identificadores y etiquetas de combustible, su diseño y en qué vehículos aparecerán.

ACEA señala en su comunicado que los  folletos están disponibles online en www.fuel-identifiers.eu.  en los Estados miembros de la UE en coordinación con asociaciones y empresas nacionales afiliadas localmente.

* EN16942, Combustibles – Identificación de la compatibilidad del vehículo – Expresión gráfica para la información del consumidor.

Estos documentos han sido preparados por ACEA, ACEM, ECFD, Fuels Europe y UPEI, las organizaciones que representan a los fabricantes de vehículos europeos (vehículos de dos ruedas propulsados, automóviles, furgonetas y vehículos pesados) y los sectores europeos de refinación y suministro de combustible.

ACEA indica que la  información contenida en estos documentos está sujeta a las leyes nacionales específicas que implementan la Directiva 2014/94 / UE en cada estado miembro de la UE.

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